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Los empresarios vallisoletanos están preocupados por las consecuencias de la aplicación del nuevo decreto que, sobre el control de la jornada de trabajo, entró en ... vigor el pasado 12 de mayo.
Y lo están no solo por cuanto se pueden enfrentar a sanciones de entre 626 y 6.250 euros, si un inspector se presenta en su centro y no disponen de las hojas e instrumentos que verifiquen el tiempo de trabajo de sus empleados, sino porque se verán obligados a aplicar medidas para evitar las horas en exceso y de control del tiempo efectivo de trabajo de su personal.
Precisamente, la nueva regulación lo que busca es que se coticen las horas extraordinarias, y «luchar contra la precariedad laboral», como dice el Real Decreto 8/2019.
Según explicó Miguel Ángel Díez Mediavilla, jefe de la Inspección de Trabajo en Valladolid, «el 30% de la denuncias tramitadas por la Inspección al año en la provincia, lo son por cuestiones que afectan a las jornadas, a los descansos en tiempo de trabajo y en fines de semana. Y para ello se establece este registro, que no solo medirá las horas de trabajo diarias, sino también si en las empresas se respeta el descanso y los convenios colectivos». Las mayores bolsas de fraude se dan en la hostelería y el sector agrario provincial.
Díez Mediavilla, que participó ayer junto a Rosa Santos, directora de Relaciones Laborales de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), en una jornada informativa en la sede de la CVE, sobre la aplicación del decreto, insistió ante un centenar de empresarios y asesores laborales, que el registro de jornada lleva años funcionando en otros países europeos.
«Lo que ahora se deja claro es que las empresas tienen que incluir el horario de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se pueda establecer mediante acuerdo entre empresarios y representantes de los trabajadores», dijo Mediavilla.
Para el jefe de la Inspección, hoy por hoy, la normativa no permite excluir a ningún sector económico. Sin embargo, estarán exentos de este control horario los directivos con contrato de alta dirección, y aquellos mandos intermedios que acrediten que tienen pactada una disponibilidad horaria. El resto, los 179.720 asalariados que hay en Valladolid (720.089 en Castilla y León, y 15,9 millones en España) deberán tener una supervisión horaria.
Marco legal Decreto 8/2019 El Registro de Jornada se aprobó el 8 de marzo pasado, dentro de las medidas de «lucha contra la precariedad laboral», denominación ésta que no gusta a la CEOE. Supone una modificación del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, y obliga a las empresas a un registro diario que incluya la hora de inicio y final de la jornada. El empresario deberá conservar los registros durante cuatro años, y permanecerán a disposición de los empleados y los comités.
Negociación colectiva La nueva normativa no establece cómo debe ser este control, si manual o tecnológico (con huella, tarjeta o geolocalización). Es mediante la negociación con los representantes de los trabajadores, o acuerdo de empresa, como «se organizará o documentará este registro de jornada». La Inspección de Trabajo está informando y respondiendo a las consultas.
Sanciones de hasta 6.250 euros El decreto ha incluido como infracción grave la falta del registro de jornada, al igual que la transgresión de las normas en materia de nocturnidad, horas extras y complementarias, descansos, vacaciones y permisos. Se fijan sanciones de entre 626 euros hasta los 6.250, que serán graduadas por el inspector. No existe moratoria, dicen desde la Inspección.
Compensación de horas Si se producen un exceso de horas en cómputo mensual o anual, existe la posibilidad de compensarlas con descansos, sin que ello implique su cotización como horas extraordinarias.
Alta dirección y becarios La alta dirección en las empresas está excluida del control horario, siempre que se acredite con contrato. Los mandos intermedios pueden pactar una disponibilidad con un anexo a su contrato. En el caso de los becarios, tampoco será de aplicación esta normativa, a no ser que el convenio de prestación de servicios firmado con las universidades y centros lo establezca.
Sobre esta cuestión, Rosa Santos animó a los empresarios vallisoletanos a establecer un protocolo en el seno de las industrias, o un anexo que se incluya en los contratos, y donde se contemple la disponibilidad de los mandos. Y advirtió de los riesgos del nuevo registro.
«Será algo que influirá en la confianza que hasta ahora existía entre empleado y empresario, y puede elevar la litigiosidad judicial por reclamaciones en cuanto aspectos sobre la jornada», señaló Rosa Santos. La directiva patronal expresó sus temores por el control efectivo de la jornada para grupos de trabajadores como son los comerciales, o los que viajen para cumplir un cometido.
«¿Cómo se contabiliza el tiempo efectivo de los comerciales o de los empleados que tienen teletrabajo? ¿Qué hacemos con las pausas durante la jornada, el tiempo de fumar, beber un café o las llamadas que se hacen a casa? ¿Hay obligación de registrar estas pausas, y cómo se van a contabilizar?» se cuestionó. «Un trabajador puede estar 12 horas, pero ello no significa que todas sean horas extraordinarias», apostilló Santos.
Para el inspector Mediavilla, en estas circunstancias es preferible negociar antes que aplicar «disciplina empresarial». La Inspección de Trabajo recuerda que las horas en exceso, si se pactan, se pueden descansar dentro de los cuatro meses siguientes.
Hasta que se haga el rodaje con esta nueva legislación, los inspectores tienen como instrucción cotejar en cómputo anual los excesos de las jornadas, por lo que deja un marco flexible para negociar entre empresarios y representantes sindicales.
Por su parte desde la CEOE, se sostiene que el registro de la jornada «ha venido para quedarse como sucede en otros países europeos, aunque está generando pánico entre las empresas».
Y también hay incertidumbre en sectores como el de transportes, con largas jornadas en la carretera. Para este gremio, el jefe de la Inspección en Valladolid fue claro al determinar que los tacógrafos no se pueden equiparar a las hojas o sistemas de control horario.
«Es un documento distinto. El tacógrafo puede ser un referente del tiempo de conducción, que todos sabemos que se puede llegar a alterar, pero no es el registro», dijo Díez Mediavilla.
Durante la jornada en la sede de la Confederación Vallisoletana de Empresarios (CVE), su presidenta, Ángela de Miguel, expresó las dificultades para aplicar el nuevo decreto en subsectores como el de las consultorías, donde se ejerce mediante fórmulas de teletrabajo y en domicilios u oficinas.
«Yo tengo empleados de la limpieza que se desplazan por los centros de trabajo, en donde hay zonas en las cuales no existe cobertura telefónica para acreditar el tiempo de trabajo. ¿Qué sucede si llega un inspector? ¿Servirá con las hojas de papel?«, se preguntó una directiva empresarial.
En muchos sectores, el control del horario será manual y quedará bajo la supervisión del propio trabajador, que entregará al final de la semana a su superior jerárquico las incidencias.
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