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El Juzgado de Primera Instancia 9 de Valladolid dejó este jueves visto para sentencia la demanda por la custodia de un perro, de la raza West Highland Terrier, que reclama cada uno de los integrantes de una pareja, que se separó en febrero de 2017 tras convivir desde octubre de 2012. Ambos mantuvieron en el juicio su petición para reclamar la posesión y custodia del animal, que se ha complicado puesto que el hombre se va a trasladar en julio con su nueva pareja a vivir a Alicante.
El magistrado Luis Carlos Tejedor, que en marzo pasado dictó como medida cautelar un régimen de visitas, comunicación y estancia a favor de la mujer, estableciendo una custodia compartida por periodos alternativos de 15 días de posesión sobre dicho animal de compañía, trató que la pareja llegase a un acuerdo amistoso para no celebrar el juicio, circunstancia que ambas partes rechazaron.
La solución a este pleito civil, que se ha visto en un Juzgado de Primera Instancia y no en el de Familia puesto que la ley considera a los animales domésticos como cosas y no como seres vivos, se ha complicado ya que Carlos, uno de los litigantes, ha iniciado una nueva relación sentimental y se va a trasladar a residir a Alicante.
La abogada de la exmujer reclamó la posesión de 'Cachas', nombre con el que está registrado el perro, amparándose que ella era la titular al haber pagado la factura de su compra (377 euros) en enero de 2015. Sin embargo, su excompañero sostiene que en el registro de Siacyl, en la Junta de Castilla y León, el animal está a su nombre.
En el juicio testificó la nueva compañera sentimental de Carlos, que afirmó que el can sufría ansiedad y estrés cada vez que retornaba de la casa de Silvia. Además señaló que 'Cachas' había hecho muy buena relación con su perro, también macho, al que había castrado.
«Cachas y Carlos viven conmigo, mi hija y otro perro. Tenemos una relación familiar por el hecho de vivir juntos todos. Cuando conocí a 'Cachas' era muy inestable, no sabía jugar y gruñía. Ahora mi perro, que está castrado, duerme con él y es muy estable. Han formado un vínculo junto con mi hija», dijo la mujer.
Esta testigo de parte indicó que animal «temblaba y lloraba» cada vez que regresaba del domicilio de Silvia, después de que el juzgado decretase en marzo la permanencia cada 15 días en las casas respectivas de la pareja. «Ahora con esta situación se desestabiliza no solo al animal, sino a mi hija también. Los tres son una piña y duermen juntos. Con el nuevo régimen, 'Cachas' está inestable, viene asustado a casa y se vuelve a meter dentro de la bañera. Este perro está sufriendo mucho con la separación«, agregó la nueva compañera sentimental de Carlos.
Por su parte, el letrado del dueño del perro justificó además la reclamación de la custodia única por las guardias que realiza su excompañera, militar de profesión, y el tiempo que 'Cachas' se quedaba solo en casa.
Este reproche fue rechazado por la abogada de la excompañera, argumentando que cuando eso sucedía el can se dejaba en casa de la familia de Silvia para ser atendido.
La letrada de Silvia, que expresó que esta se halla afectada por el hecho de que el can se tenga que ir fuera de Valladolid y no pueda verlo, rechazó que el perro recibiera mal tratado cada 15 días.
En febrero de 2017, Carlos se marchó del domicilio en el que residía con su pareja, acordando entre ambos un disfrute compartido y el abono del 50% de los gastos del animal. Entre ellos se encontraba además de la alimentación, las vacunas y medicinas necesarias para el bienestar del can.
En la vista oral, la parte demandante masculina insistió en que los dos perros que conviven en el nuevo domicilio de Carlos «van a la veterinario y la peluquería juntos».
Ambas demandantes se ofrecen a compensar económicamente a la otra parte, en el caso de quedarse con la custodia única, al tiempo que asumen que el perro no puede moverse cada 15 días de una casa a otra como sucede actualmente, y máxime con la distancia a Alicante.
Para fijar hace dos meses la custodia compartida provisional del animal, comunicación y estancia quincenal en favor de Silvia, el juez de Primera Instancia se amparó en el Protocolo sobre Protección de Animales que figura en el Tratado Constituyente de la Unión Europea de 1997, que se firmó en Ámsterdam, y en el que se considera a los animales de compañía como «seres sensibles».
Este reconocimiento como principio general fue pleno dentro de la UE en el año 2009, mediante el Tratado de Lisboa, «en el que se exige que los estados respeten las exigencias en materia de bienestar de los animales como seres sensibles».
El magistrado añadió a este respecto que ordenamientos jurídicos de Austria, Suiza, Bélgica, Francia y Portugal han incorporado a su legislación Civil, Penal, y Procesal el Estatuto Jurídico de los animales, en donde se diferencia, por un lado, a los animales de las personas, y por otro, las cosas y otras formas de vida como son las plantas.
En la actualidad existe en tramitación parlamentaria una modificación del Código Civil español y de la Ley Hipotecaria sobre el régimen jurídico de los animales. Un cambio que se ha visto paralizado por la disolución del Congresos de los Diputados y la celebración de elecciones generales.
La normativa española considera hoy a los seres como un bien mueble o cosa, cuando ya desde el año 2003 el Código Penal distingue entre los daños a los animales domésticos y los objetos.
«Los animales no son cosas, sino seres dotados de sensibilidad, lo que implica que en determinados aspectos no se aplique supletoriamente el régimen jurídico de las cosas, sino que se ha respetar su cualidad de ser sensible», señaló en el auto del pasado marzo el juez, donde se sostiene que la propiedad y el derecho de uso y disfrute del animal no deben de prevalecer sobre el bienestar del mismo, «sobre todo cuando se producen crisis matrimoniales o establecimientos de custodias de los animales de compañía».
Ahora, el juez deberá resolver cómo compagina las tres circunstancias: la posesión del West Highland, su bienestar y el traslado de uno de los miembros de la expareja a más de 500 kilómetros de distancia.
Su fallo, el primero que se producirá en Valladolid de estas características, será firme y no recurrible ante la Audiencia Provincial por cuanto el pleito es de menor cuantía por el precio que se pagó por 'Cachas', que nació en noviembre de 2014.
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