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El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid ha condenado a Ryanair a abonar al abogado vallisoletano Pablo Gerbolés y a su marido, Pablo Sanz, los 44,90 euros que tuvieron que pagar para poder viajar con el equipaje de mano en cabina más los intereses legales devengados desde que interpusieron la reclamación a la aerolínea, tal y como ha desvelado FACUA en una reciente publicación en su página web.
Esta resolución judicial llega después de la sanción de 179 millones impuesta a cinco aerolíneas por la Secretaría General de Consumo y Juego como consecuencia de las denuncias que FACUA llevaba años planteando. La de Valladolid es la tercera sentencia lograda por la Federación de Asociaciones de Consumidores en los últimos meses. En diciembre de 2024, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cádiz condenó a Ryanair por este mismo motivo. En febrero de 2025, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de San Sebastián hizo lo mismo con Vueling por la misma razón.
Los hechos juzgados en Valladolid tuvieron lugar cuando Pablo Gerbolés adquirió unos billetes para viajar junto a su pareja desde Valladolid a Barcelona en agosto de 2023. El costo total fue de 243,26 euros, de los cuales 44,90 euros correspondían a un suplemento denominado como tarifa Priority. Este cargo adicional les permitía llevar su maleta de mano, un equipaje pequeño con artículos básicos como ropa y efectos personales, en la cabina del avión. A pesar de que las dimensiones de ambos equipajes eran lo suficientemente reducidas para ser transportados sin problema en la cabina, Ryanair impuso restricciones sobre el tamaño, exigiendo un pago extra si se quería llevar a bordo el equipaje sin facturarlo, ya que no cumplía con las medidas establecidas por la aerolínea.
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Tras finalizar su viaje, este abogado de FACUA Castilla y León decidió iniciar una reclamación contra la aerolínea, exigiendo la devolución del dinero que se vio obligado a abonar. «Estoy familiarizado con la redacción de demandas y con la asistencia a nuestros socios en casos similares relacionados con el equipaje de mano, por lo que sabía exactamente cómo proceder», explica el afectado en la publicación de FACUA.
Como suele ser habitual, Ryanair rechazó la solicitud que el abogado presentó al servicio de Atención al Cliente. Fue entonces cuando, en junio de 2024, decidió presentar una demanda en el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid, que fue aceptada para su tramitación. En la demanda, reclamaba el reembolso de los 44,90 euros que él y su pareja habían tenido que pagar de más para poder transportar su maleta en la cabina.
El pasado 7 de abril, el juez dictó su fallo, en el que dio la razón a los afectados, considerando que el «equipaje de mano es un componente esencial del transporte de los pasajeros» y, por lo tanto, «no puede estar sujeto a un cargo adicional». En consecuencia, condenó a Ryanair a devolver los 44,90 euros a Pablo y a su pareja, además de cubrir las costas judiciales y el interés legal desde que se presentó la reclamación extrajudicial.
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Alberto Echaluce Orozco y Javier Medrano
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