Valladolid
El Colegio de Enfermería, condenado a pagar 211.173 euros por cuotas impagadasValladolid
El Colegio de Enfermería, condenado a pagar 211.173 euros por cuotas impagadasEl Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 ha condenado al Colegio de Enfermería de Valladolid a pagar al Consejo autonómico de la profesión la cantidad de 211.173,80 euros por las cuotas impagadas durante el cuarto trimestre de 2021 y 2022, quedando también ... pendientes de pago y reclamación las cuotas de los años 2023 que la organización autonómica tiene previsto reclamar también judicialmente. Recoge el fallo judicial, del 11 de marzo de 2024, que la organización vallisoletana había cumplido con estas obligadas cuotas para todos los colegios –cuya cuantía se calcula en función del número de colegiados– hasta el relevo del presidente del Consejo autonómico.
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Del expediente resulta que, con fecha 20 de diciembre de 2021, la Junta de Gobierno del Colegio acordó «dejar de abonar las cuotas correspondientes al Consejo Autonómico de Colegios Profesionales de Castilla y León, atendiendo la situación judicial actual en relación con la legitimidad de los miembros del Comité Ejecutivo del mismo y consignar tales cuantías en una cuenta bancaria específica, acuerdo que se ratificó en Junta de Gobierno de fecha 30 de marzo de 2022». Es decir que no reconoce al nuevo presidente autonómico, Enrique Ruiz Forner, y considera que lo sigue siendo su pareja Alfredo Escaja.
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La parte demandada se opone al pago de esta cuantía y alega «ausencia de actividad administrativa impugnable, estamos ante una actuación que no está sujeta al orden contencioso-administrativo sino ante una actuación cuyo conocimiento, en su caso, debiera ser conocida por el orden jurisdiccional civil».
A este respecto, recoge el texto judicial que «se dio traslado a la otra parte y al Ministerio Fiscal que manifestaron la competencia para la jurisdicción contenciosa administrativa».
En segundo lugar, recoge, « se alega por la parte demandada falta de legitimación activa, entiende que la situación actual del Consejo de Colegios profesionales se encuentra discutida judicialmente». Tal excepción, valora la resolución judicial, «debe desestimarse, la sentencia ya es firme, conforme la providencia aportada del Tribunal Supremo de inadmisión del recurso de casación».
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Y, en cuanto al fondo, señala el Juzgado que «hay que atender al artículo 24 del Estatuto para ver la obligación de la parte demandada de contribuir a lo reclamado por el actor».
No es esta la única deuda que reclama el Consejo Autonómico de Enfermería. El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Valladolid ve este lunes la reclamación de 285.250 euros del Consejo de Colegios Oficiales de Enfermería de Castilla y León al Colegio de la capital del Pisuerga por el impago del precio de la venta de la que hoy constituye su sede.
Según se desprende del escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, del precio total de la venta realizada el 16 de diciembre de 2020 (460.500 euros) únicamente se abonó la cantidad de 175.250 euros, por lo que se reclama a la entidad compradora del inmueble el importe restante.
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Paralelamente, por el Juzgado de Instrucción 4 se investiga la intervención de Alfredo Escaja, quien fuera presidente del Consejo de Enfermería de Castilla y León hasta el 19 de diciembre de 2020 –tres días después de la compraventa–, por apartarse de las instrucciones del Pleno de dicha organización regional en esta operación pues, en el acto de la firma, recibió la orden de cobrar 300.000 euros, en lugar de los 175.250 percibidos.
La representante de la parte compradora era la cónyuge de Escaja Fernández y presidenta a su vez del Colegio de Enfermería de Valladolid, Silvia Sáez, actualmente inhabilitada por el Consejo hasta agosto de 2024 para ocupar la Presidencia de la entidad, según informa la agencia Europa Press.
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Además, en la escritura de compraventa ambos presidentes pactaron que el resto del precio, los 285.250 euros que ahora se reclaman, quedaría aplazado hasta el 31 de diciembre de 2021 y se entendería pagado si el Consejo Regional no lo reclamaba en el plazo de tres meses desde dicha fecha, condiciones que no habían sido acordadas por el Pleno y que desconocía dicho órgano.
La modificación unilateral de estas condiciones por Escaja podría ser constitutiva de un delito de administración desleal, lo que está siendo objeto de investigación, recoge Europa Press.
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