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14 años y seis meses de cárcel para el portero de un bar de Paraíso por violar a una clientaDelitos sexuales ·
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14 años y seis meses de cárcel para el portero de un bar de Paraíso por violar a una clientaDelitos sexuales ·
La agresión sexual se produjo en la zona de las facultades, junto al Paseo del CauceLa Audiencia de Valladolid ha condenado a penas que suman 14 años y seis meses a un portero de un bar de la calle Paraíso de Valladolid como autor de la violación de una clienta, a la que siguió a la salida del establecimiento ... la noche del 26 de diciembre de 2021 y después violentó en los jardines de la Facultad de Filosofía y Letras. La declaración «sin rodeos y ambigüedades» de la víctima y el testimonio del vigilante del campus que rescató a la joven han recibido «la valoración unánime» del tribunal. «Credibilidad, verosimilitud y persistencia», destaca la sentencia respecto del testimonio ofrecido por la agredida, cuyo relato incriminatorio «transmitió a la Sala la situación angustiosa y extremadamente violenta por la que pasó». Además, el relato de la víctima fue respaldado por las grabaciones de las cámaras de seguridad del campus.
Según el relato de hechos probados, el procesado, de 24 años, trabajaba como portero en dicho bar cuando, la noche del 26 de diciembre, la víctima de la agresión sexual acudió al establecimiento, donde coincidió con su prima y varias amigas. Sobre las cuatro y media de la madrugada el local cerró al público, pero en el interior quedaron algunos trabajadores y clientes, entre ellos las dos primas. El portero se les acercó y empezaron a hablar. Victimario y víctima se gustaron y decidieron entrar en los servicios, donde empezaron a mantener relaciones sexuales y le realizó una felación. Después, la mujer sintió dolor cuando él introdujo sus dedos en la vagina, le dijo que parara y ello motivó que quisiera marcharse.
El joven, «a pesar de conocer la firme oposición» de la denunciante, «con ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos, siguió tocándola por encima de la ropa» y como ella insistiera en salir de los aseos, el acusado «se apostó ante la puerta para impedirlo» hasta que la mujer le aseguró que no contaría a nadie lo sucedido y que si no salía de allí, gritaría. Entonces él se echó a un lado y ella pudo salir de los servicios a la calle, donde se encontró con su prima. Ésta, que vio como lloraba, le preguntó el motivo, pero la agredida mantuvo silencio. Poco después, salió el procesado y con el pretexto de pedirle perdón se acercó a ella de nuevo e intentó abrazarla, «lo que le asustó aún más, pues desconfiaba de sus verdaderas intenciones, y no queriendo saber nada de él, decidió regresar sola a su domicilio, sin esperar a su prima», refiere la sentencia.
En el camino desde el bar hacia su domicilio en las proximidades del paseo del Cauce, la joven tenía que atravesar varias calles y una de las veces que, intranquila, miraba hacia atrás, vio al encausado en actitud de ir buscándola y se escondió tras un contenedor para que no la viera. Pero, a los pocos minutos, se le encontró de frente y éste insistía en que sólo quería pedirle perdón y acompañarla a casa. Ella se mostraba en contra y siguió caminando hasta que, al llegar a la altura de la Facultad de Filosofía y Letras, en una zona ajardinada con árboles y rodeada de un muro de ladrillo de poca altura, se le acercó, abrazándola con fuerza y la empujó. Ambos cayeron al césped por la parte interior del muro y él, encima de ella, impidió que se levantase sujétándola con fuerza contra el suelo y «agarrándola del pelo, la golpeó la cabeza tres veces con fuerza contra el muro». A pesar del aturdimiento por los golpes recibidos, la joven seguía intentando zafarse de su agresor pero después del forcejeo, viendo que no conseguía liberarse, se quedó quieta.
La sentencia recoge también como hechos probados que el acusado empezó a tocar, besar y morder en el cuello a la joven quien, «aterrorizada, escuchaba el ruido de vehículos circulando por las inmediaciones y con la intención de salir corriendo y pedir ayuda y que su agresor se confiara, le dijo que fuera despacio y que le permitiera quitarse la ropa, a lo que accedió mientras él también lo hacía. En ese momento pasó un vehículo de seguridad haciendo ronda por las facultades y el agresor advirtió a su víctima que »se estuviera en silencio o la mataba«. Entonces intentó penetrarla dos veces por la vagina pero, al no conseguirlo, la puso boca abajo y la penetró analmente en repetidas ocasiones».
La joven agredida, para intentar huir, le dijo que le permitiera colocarse encima de él para continuar manteniendo sexo y, en esa posición, al escuchar el motor de un vehículo, salió corriendo en su dirección pero, al ir descalza, resbaló y cayó al suelo, lo que aprovechó el procesado para volver a retenerla, arrastrándola hasta una zona más aislada y golpeándola contra un árbol «para atemorizarla aún más de lo que estaba». Ella volvió a intentar la huida argumentando que necesitaba orinar y éste la soltó y se separó un par de metros. En ese momento, alrededor de las siete de la mañana, pasaba de nuevo la patrulla de vigilancia y la joven salió corriendo, desnuda de cintura para abajo y descalza, en su busca, pidiendo auxilio. Al decirles que la acababan de violar, de inmediato llamaron a la Policía Nacional y facilitaron la identificación del agresor, que había salido corriendo en dirección contraria. Una patrulla policial, que había acudido a la llamada de alerta del vigilante, interceptó al agresor, mientras otra patrulla trasladaba a la joven al servicio de urgencias del Clínico.
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El acusado, que está en prisión provisional por estos hechos desde el día de su detención, reconoció en el juicio haber realizado los actos sexuales pero manifestó que fueron consentidos, tanto en el aseo del bar como en los jardines de las facultades. Para el tribunal, la prueba de descargo resulta inverosímil frente a la «abrumadora prueba de cargo» y el acusado «neutralizó, con violencia extrema e intimidación el derecho de la joven a determinarse libremente en el ámbito sexual, lesionando con ello el bien jurídico protegido».
Por ese motivo, la Audiencia condena al acusado -que hasta la noche de autos carecía de antecedentes penales- a once años de prisión por un delito de agresión sexual con penetración y extrema gravedad; a un año y seis meses por un delito de agresión sexual y a dos años más de prisión por un delito de lesiones. Además se le impone la prohibición de acercarse a la víctima durante 26 años y 10 años de libertad vigilada. Además, se le impone una indemnización para la denunciante de 12.000 euros por lesiones y daño moral y sufrimiento psicológico, más los intereses y costas procesales.
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