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Viernes, 10 de julio 2015, 17:33
La Audiencia de Valladolid ha anulado los beneficios penitenciarios concedidos por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número dos de Galicia a Ramón López Casal, presidente del grupo Mahía y condenado en el 'caso Arroyo' a una pena de tres años de privación de libertad y siete de inhabilitación como inductor de un delito de prevaricación y autor de un delito de cohecho.
Según denuncia la asociación de vecinos 'Arroyo Siglo XXI', el pasado 20 de mayo, sin que apenas hubiera cumplido dos meses desde su ingreso en la prisión de A Lama (Pontevedra), dicho juzgado le concedió los beneficios que contempla el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, «lo que le permitió disfrutar de libertad».
Arroyo Siglo XXI califica de «escándalo» la decisión del juez Fidel del Río Pardo, titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número dos, y anuncia que denunciará los hechos ante el Consejo General del Poder Judicial por si pudiera ser constitutivos de una falta disciplinaria.
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