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La Audiencia Provincial de Soria ha absuelto a la madre de los dos menores que fueron hallados en la calle, de noche y dieron positivo en cocaína. La progenitora de los niños, de cuatro y un año y medio, respectivamente, estaba acusada de abandono de menores ... y delito contra la salud pública por parte de la Junta de Castilla y León y el Ministerio Fiscal.
El padre de los niños, por su parte, no ha podido ser juzgado porque se encuentra en paradero desconocido fuera de España. No se le retiró el pasaporte y está en busca y captura. Posee antecedentes por venta y consumo de drogas.
La sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial explica que «no existe prueba alguna de la presencia de drogas tóxicas en el domicilio de la acusada (no se realizó ninguna entrada y registro en dicho domicilio a tales fines), la cual no es consumidora de sustancias. No se puede apreciar delito aunque los menores hayan estado expuestos a la cocaína». Bien es cierto que ninguno de los dos padres se sometió a ningún test de drogas. El documento añade que, según las pruebas médicas, los menores habían estado en contacto con cocaína al menos durante los últimos cuatro meses.
La jueza explica que no existe ninguna prueba que contradiga las manifestaciones de la acusada de que desconocía que hubiera drogas en la casa ni que, de haber habido, sus hijos hubieran podido tener contacto con dichas sustancias. «En efecto, nos encontramos con una mujer que trabajaba muchas horas al día para sostener el hogar familiar y que para ello, entre semana, dejaba a los niños al cuidado de su abuela y tía, los tenía los fines de semana en una vivienda que comparte con otras personas teniendo alquilada una habitación. Desconocemos cuándo y dónde tuvo lugar la exposición de los menores a la cocaína». Insiste la jueza en lo extremadamente perjudicial que ha sido para la denunciada las acusaciones que se han vertido sobre ella, puesto que se ha visto privada de la custodia de sus hijos, incluso de visitas con ellos, y suspendida su patria potestad.
Sobre delito de abandono de menores, la sentencia añade que «los menores estaban bien atendidos porque los respectivos informes médicos indican buen estado de higiene de ambos (salvo las plantas de los pies de la niña por andar descalza) y buen estado de salud en general, salvo el proceso catarral en ambos, tal y como manifestaron las doctoras que atendieron a los niños en el Hospital».
En cuanto al delito de abandono temporal de menores, «no existe porque no se desprende que la actuación de la madre se efectuara con una intención deliberada de dejarlos desatendidos; en efecto, nos encontramos ante un hecho puntual en el que, estando dormida toda la familia, (la madre tras una larga jornada laboral) los niños se despiertan y jugando a que se van de viaje de vacaciones, cogen una pequeña maleta y salen a la calle, sin que la acusada, que seguía dormida, se apercibiera de ello. En este sentido, los testigos que recogieron a los menores den la calle dijeron que éstos estaban vestidos como se está en casa, y que el niño dijo que se iban de viaje al aeropuerto. Es evidente que por tanto se trataba de un juego de los dos menores».
En cuanto al reproche de que la puerta de le vivienda no estuviera cerrada con llave, lo cierto es que tal y como argumentó el abogado defensor en la vista oral, «tratándose de un domicilio compartido con otras personas, no es exigible tal comportamiento, e incluso si la hubieran cerrado, cualquier otro habitante de la casa pudo dejársela sin cerrar con llave».
El portal de la casa en la que residían los niños se encuentra a escasos metros del lugar donde fueron encontrados solos, «por lo que es evidente que hacía poco tiempo que habían salido de la casa y el riesgo corrido por los menores fue mínimo».
La jueza se muestra a favor de la madre relatando que «finalmente no hay que olvidar que la mujer, tras despertarse, fue a ver qué hacían sus hijos y al no encontrarlos, se dirigió rápidamente a la comisaría donde le dieron la explicación de lo sucedido. No hubo, por tanto, dejación alguna en su conducta».
Los hechos tuvieron lugar hace un año y medio cuando los padres de los dos niños, uno de de año y medio y otro cuatro años fueron detenidos al encontrar a los menores deambulando por la calle solos, por la noche, en el centro de Soria. Los niños estaban descalzos y en pijama.
La Policía Nacional los trasladó a comisaría tras esperar a qué aparecieran los padres. En dependencias policiales los menores recibieron los cuidados iniciales y a continuación la policía solicitó asistencia sanitaria. Una ambulancia los recogió y los trasladó a Pediatría del hospital Santa Bárbara donde, tras realizar diversas pruebas, se detectó positivo en cocaína en ambos casos.
Mientras, la Policía Nacional hizo las oportunas investigaciones para identificar y localizar a los padres, que dormían juntos en la misma vivienda, y fueron detenidos por un delito de abandono de menores. Tras pasar a disposición del Juzgado de Instrucción, en funciones de guardia, se decretó su puesta en libertad y la tutela de los dos hermanos pasó a la Junta de Castilla y León.
El fallo de la sentencia deja sin efecto todas las medidas cautelares acordadas en el auto del 29 de enero de 2024. Añade la posibilidad de interponer recurso de apelación ante la sala penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
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