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M. E. G.
Viernes, 12 de noviembre 2021, 14:57
Vodafone ha devuelto una penalización de 180 euros que cobró a un fallecido. Según Facua, quién actuó para que se efectuara la reparación, la compañía teléfonica ofreció a su hija el reembolso del dinero, pero después le indicaron que iban a quedárselo e ironizaron ... recomendándole acudir a una asociación de consumidores si quería recuperarlo.
En febrero de 2021, Dolores Romero Cuenca, residente en Alicante, contactó con Vodafone tras el fallecimiento de su padre para dar de baja los servicios que éste tenía contratados. En principio, Vodafone no le puso ninguna traba. Es más, le comunicó que el recargo de la baja en periodo de permanencia es de 179,41 euros pero, que al ser por defunción, no tendría ningún tipo de penalización.
Para efectuar la baja de los servicios, la usuaria cumplió todos los pasos a seguir, según explica Facua en una nota de prensa. Ya en abril cas cosas cambiaron y Vodafone cobró una factura de 179,41 euros en concepto de incumplimiento de permanencia, por lo que la hija del fallecido se puso de nuevo en contacto con atención al cliente para pedir explicaciones.
El teleoperador que atendió a Dolores en esa segunda ocasón le informó que no les constaba indicación alguna en el formulario enviado de que la causa de la finalización del contrato fuese por la muerte del titular. Pese a que la afectada expresó que dicha afirmación era falsa, accedió a remitir nuevamente la comunicación de cancelación de los servicios al correo electrónico indicado.
Dos días después, y dado que no recibió ninguna confirmación sobre las gestiones realizadas, la usuaria volvió a contactar con el servicio de atención al cliente. El teleoperador que le atendió en esta tercera ocasión le indicó que no podían eximirle de tal penalización porque se estuvo haciendo uso del servicio después del fallecimiento de su padre, lo cual no era cierto, así que solicitó informes en los que constase dicha actividad.
«Tras un mes esperando los documentos que había pedido, además de una solución a la estrambótica situación en la que me encontraba, volví a insistir y a solicitar los informes con la intención de interponer otra reclamación», explica Dolores. «A lo que otro teleoperador me respondió que no podía enviármelos y, en tono jocoso, me dijo que acudiese a una asociación de consumidores.»
En junio de 2021, y después de meses recibiendo informaciones contradictorias por parte de la empresa, Dolores decidió acudir a Facua para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos.
El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Vodafone para instarle a que devolviese el cargo por incumplimiento de la permanencia. Aunque legalmente podía aplicar una penalización, la cuantía era indebida, ya que el importe máximo establecido en el contrato tiene que prorratearse en función de los meses que faltasen para su finalización cuando se solicitó la baja. Y ello más allá del compromiso comercial que había mostrado el primer teleoperador de reembolsar todo el dinero al asumir que la baja se produjo por el fallecimiento del titular.
Finalmente, Vodafone ha emitido una respuesta ante la reclamación interpuesta informando de que, una vez realizadas las comprobaciones de lo que se expuso en el escrito, habían procedido a devolver los 179,41 euros.
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