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¿Puedo circular con la ITV caducada teniendo cita previa?La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un trámite que deben superar todos los vehículos de motor en España que deseen circular legalmente por la vía pública. Esta revisión se realiza con el objetivo de garantizar el correcto funcionamiento de los diferentes coches, motos, furgonetas... los cuales para lograr pasarla deben mantener las condiciones de seguridad necesarias para evitar o minimizar el riesgo de sufrir un accidente de tráfico, y cuidar el medio ambiente previniendo escapes de gases y emisiones nocivas. Actualmente, en España los turismos están exentos de pasarla hasta los cuatro años del vehículo, y a partir de entonces tienen la obligación de realizar este trámite cada dos años. En el caso de que el vehículo tenga más de una déada, tiene que hacer una inspección cada año.
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Luis Javier González
Para pasar la ITV no es necesario acudir con cita previa, salvo en cinco comunidades. Se trata de Cataluña, Aragón, Cantabria, País Vasco y Castilla y León. Por esta razón, con frecuencia surge en estos territorios la duda de si existe la posibilidad de circular con la ITV caducada a pesar de haber solicitado cita previa.
Si bien la ley de seguridad vial es clara al respecto, en el año 2021 hubo mucha confusión respecto a esta cuestión. Esto se debió a que a finales del mes de enero de ese año en algunos medios se aseguró que la DGT (Dirección General de Tráfico) archivaría las multas por ITV caducada a los vehículos que hubieran pedido cita previa con anterioridad a su caducidad. Esto se justificó debido al colapso frecuente que tienen las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos en la gran mayoría de comunidades autónomas.
Sin embargo, esta noticia fue desmentida por Tráfico, comunicando que si bien hubo una instrucción el 26 de junio de 2020, esta dejó de estar en vigor en el momento en que el Gobierno publicó el Real Decreto 26/2020, de 7 de julio. Por tanto y, respondiendo a la pregunta inicial, no se puede circular con la ITV caducada a pesar de tener cita previa. Esto quiere decir que en caso de que las autoridades detengan nuestro vehículo, pueden sancionarnos económicamente con una multa de 200 euros y la retirada de tres puntos del carnet de conducir. Sin embargo, en el caso de que el tiempo transcurrido desde la caducidad de la ITV sea superior a un año, la multa puede ascender a los 500 euros.
También es importante tener en cuenta de los peligros que supone circular sin la ITV en regla. Esto se debe a que la gran mayoría de los seguros de coche no cubren accidentes de tráfico de vehículos que no hayan realizado dicho trámite. De hecho, la DGT asegura que por norma general, las condiciones legales de los seguros suelen incluir la situación administrativa irregular del vehículo como una exclusión para no aplicar determinadas coberturas. Por tanto, recuerda siempre circular con la ITV y no olvides nunca la fecha límite para pasarla.
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