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Conducir por una ciudad en las horas punta y encontrarse vehículos estacionados en doble fila que obstaculizan el paso es el 'pan de cada día' de los conductores españoles. La mayoría ha dejado alguna vez su coche mal aparcado por 'ir un minuto a hacer un recado', pero pocos saben que esta acción está sancionada con más de 300 euros con la nueva ley que ha aprobado la Dirección General de Tráfico (DGT).
El nuevo reglamento permite a los conductores parar en doble fila en circunstancias excepcionales y muy concretas: el tiempo debe ser inferior a dos minutos, el conductor no debe abandonar el vehículo, no se debe obstaculizar la circulación o hacer peligrar la seguridad vial del resto de los usuarios y el motor debe estar apagado. En las zonas urbanas, se pueden parar los vehículos únicamente en la calzada o en el arcén del lado derecho, mientras que en las vías de un sentido se permite también en el lado izquierdo.
Según la normativa de Tráfico, la diferencia entre parar o estacionar es clara. La primera se considera detener un vehículo durante menos de dos minutos y con el conductor en el interior, mientras que la segunda se trata de detener un vehículo por un tiempo superior y sin ningún ocupante en el interior.
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Paula Ortiz
Algunos conductores creen que accionar las luces de emergencia puede evitar que les pongan una multa, pero la realidad es totalmente lo contrario, podrían ser sancionados por realizar un mal uso de ellas. El Reglamento explica que los cuatro intermitentes únicamente deben utilizarse en situaciones especiales, como una avería o una retención. Por tanto, lo correcto en caso de parar en doble fila sería encender el intermitente del lado en el que se está situado. Además, si es de noche o en una zona de poca iluminación, se recomienda accionar las luces de posición.
Si no se permite la circulación de otros vehículos entre el 'mal estacionado' y la otra acera.
Cuando haya una señal de prohibido en el suelo inferior a tres metros.
Cuando no se permita que otro vehículo se incorpore a la circulación.
Si se impide el acceso a un inmueble o se obstaculiza el paso de personas con movilidad reducida.
En vados señalizados.
En medianas, isletas, separadores, glorietas o raquetas.
Si no se favorece el giro permitido por una señal de otro vehículo.
En una zona de carga y descarga (en las horas no permitidas), en las paradas de transporte público señalizadas y en espacios reservados a servicios de emergencia y seguridad.
En el Reglamento de Circulación de la DGT, se establece que la sanción por obstaculizar el tráfico o ser un peligro para la seguridad vial asciende hasta los 200 euros. Asimismo, la multa por estacionar un vehículo con el motor encendido, ya sea aparcado o en doble fila, supone 100 euros. Y, además, los agentes pueden multarle con 80 euros por no señalizar correctamente un coche parado en doble fila.
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