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Además de las tarjetas de crédito de toda la vida las entidades bancarias están comenzando a emitir las tartejas de pago aplazado, también conocidas como tarjetas 'revolving'. La diferencia entre una tarjeta de crédito convecional y una de este tipo es que la entidad obliga ... al usuario a aplazar el pago con los intereses aunque el cliente no tenga una necesidad real de endeudarse. Este nuevo tipo de tarjetas ofrencen diferentes modalidades de pago:
1.- Pagar una cantidad fija mensual. El cliente fija el importe que quiere pagar cada mes (por ejemplo 300 euros), con independencia del gasto mensual de la tarjeta, De esta manera el importe a pagar siempre es el mismo y si el gasto es mayor, se acumulará en el crédito dispuesto: la deuda que se pagará con los intereses correspondientes. Las entidades suelen establecer un importe mínimo a pagar (ronda normalmente los 18 euros).
Con este sistema, si la cuota establecida es pequeña, puede que no alcance siquiera para cubrir el pago de los intereses generados, de manera que tras el pago de la cuota, la deuda pendiente no solo disminuye, sino que aumenta.
2.- Pagar un porcentaje de la deuda pendiente. En este caso el consumidor paga cada mes un porcentaje del crédito consumido, con una cuantía mínima por recibo: por ejemplo, si tenemos acumulado en nuestra tarjeta un gasto de 1000 euros y fijamos una cuota del 40%, nuestra cuota a final de mes será de 400 euros, quedando 600 euros pendientes de devolución.
Este segundo sistema de pago tampoco es recomendable, pues induce a entrar en una espiral de deuda continua: cuanto menor es el saldo pendiente, menor es también la cuota que hay que pagar, con lo que se alarga de manera innecesaria el plazo de devolución (y aumenta la cifra de intereses).
Desde la OCU advierten que las entidades promocionan este tipo de tarjetas pero no informan sobre todos los contras que ofrecen.
Desde los bancos las publicitan diciendo que no cobran comisiones de emisión ni de renovación anual y establecen incentivos para su uso, como la devolución de un porcentaje de las compras pagadas ella (a veces hasta más del 5%).
Por otro lado, la normativa no obliga a las entidades a advertir sobre el crecimiento de la deuda pendiente o sobre los problemas que supone fijar una cuota muy pequeña.
El Banco de España indica que una buena práctica financiera consistiría en que, para los casos en los que la amortización del principal se vaya a realizar en un plazo muy largo, la entidad financiera facilitara de manera periódica información sobre cuánto tiempo se tardaría en terminar de pagar la deuda pendiente pagando la cuota fijada si se dejara de utilizar la tarjeta, cuál debería ser el importe de la cuota mensual que permitiera liquidar la deuda pendiente en el plazo de un año o ejemplos sobre el posible ahorro de intereses que representaría aumentar el importe de la cuota... Sin embargo son simples recomendaciones, las entidades no están obligadas a seguirlas.
Desde la OCU aconsejan evitar las tarjetas de pago aplazado, ya que te obligan a estar endeudado sin necesidad. En general, usar el pago aplazado es una opción que normalmente sale muy cara, con TAEs que en la mayoría de casos superan el 20%, por tanto, no es una opción recomendable. No obstante:
- Si alguna vez tienes que utilizar el pago aplazado de la tarjeta, la mejor opción (si tu tarjeta lo permite) es aplazar solo la compra que desees.
- Si no tienes la posibilidad de aplazar una sola compra, usa la tarjeta solo para pagar la compra que quieras aplazar y no hagas más pagos con ella hasta que pueda volver a cambiar la forma de pago a fin de mes sin intereses.
- Si tienes pagos aplazados con tarjeta, en cuanto dispongas de liquidez, cancela anticipadamente la deuda pendiente.
- Si alguna tarjeta de pago aplazado te ofrece condiciones interesantes y quieres usarla, hazlo solo para pagar las compras que desees aplazar, pagando el resto de gastos con la tarjeta de crédito normal de pago a fin de mes sin intereses.
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