P. O.
Domingo, 5 de marzo 2023, 13:28
Las multas de tráfico que ya han sido pagadas y se detecta alguna irregularidad pueden ser reembolsadas tras realizar el trámite correspondiente. La devolución del importe abonado se puede solicitar a la Dirección General de Tráfico en caso de que se haya duplicado el pago, que la cantidad no corresponda con la de la sanción u otras incidencias similares. Las multas se abonan, reclaman o alegan en el organismo que le ha sancionado, por lo que conviene cerciorarse de ello antes de solicitar la devolución a la DGT.
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Existen dos vías para tramitar las devoluciones: de manera presencial en la Jefatura u Oficina de Tráfico -con la correspondiente cita previa por internet o a través del número de teléfono 060-; de forma online, a través del Registro Electrónico -imprescindible disponer del DNI o certificado electrónico o de las credenciales de la aplicación Cl@ve; o por correo postal a la dirección de la Jefatura de Tráfico o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.
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Formulario impreso y rellenado de la solicitud de devolución de tasas o sanciones -este documento se puede generar en el apartado pago de multas de la DGT-.
En caso de que la solicitud se deba a que el pago fue duplicado, es necesario presentar el justificante de pago con el número de expediente sancionador.
Si la causa de la devolución es un recurso o una reclamación, debe aportar una copia de dicho recurso.
El plazo para realizar las reclamaciones será de los veinte días naturales posteriores a recibir la notificación en el domicilio o a través del correo electrónico. Cuando se publica la sanción en el Tablón Edictal Único -esto ocurre en caso de no localiza al titular de la multa en su domicilio-, también se cuentan veinte días desde el de la publicación. A través de la DGT únicamente se pueden tramitar las devoluciones de las sanciones impuestas por ellos. Las realizadas por los Ayuntamientos u otros organismos, se deben realizar en su página web.
Los residentes en el extranjero que han recibido una multa de tráfico de la DGT también tienen derecho a presentar una alegación o un recurso. Para realizar el trámite se deben enviar las pruebas convenientes a través de la página web -apartado de presentación de alegaciones-, por fax 0034987842693 o vía correo postal a la dirección CTDA - Apartado de Correos 505 - León 24080 España.
El plazo para enviar las pruebas a través de un recurso también es de veinte días posteriores al que se recibe la notificación, mientras que para presentar una alegación la persona interesada dispone de un mes. Cuando se procede a presentar un recurso, el conductor implicado renuncia a la reducción del 50% del importe de la multa.
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