La ley de alcohol y menores que elabora el Gobierno dará un año de plazo desde su entrada en vigor a los bares, restaurantes y comercios que estén a menos de 200 metros de centros educativos y de otros enclaves específicos de niños y adolescentes, ... como parques o lugares de ocio infantil, para que retiren todas las marcas y logotipos de bebidas que muchos de ellos tienen en su equipamiento exterior (carteles, toldos y terrazas).
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La nueva norma, cuya llegada al Congreso no se prevé hasta final de año, con lo que será difícil que se apruebe antes del verano de 2025, contempla que el grueso de medidas y obligaciones que impone a administraciones, organismos, empresas o fuerzas de seguridad no les sean exigibles hasta medio año después de su publicación en el BOE. Busca dar tiempo para que se hagan las adaptaciones indispensables.
El anteproyecto, que está sujeto a cambios, prevé tres excepciones a la 'vacatio legis' general para las exigencias más complejas, a quienes permite períodos de adaptación más amplios, de entre un año y año y medio. Una de las excepciones es el Título II, el que establece limitaciones a la publicidad y el patrocinio, incluida la prohibición de exhibición de marcas, nombres comerciales o logos de estas bebidas cerca de lugares para menores, para cuyo cumplimiento da un año.
El mismo capítulo incluye otras obligaciones como la prohibición de cualquier publicidad de alcohol en la vía pública o en los medios de transporte público, sean terrestres, aéreos o subterráneos, y en sus estaciones y marquesinas. O el veto a que las empresas de bebidas sigan incluyendo en sus anuncios supuestos consejos como haga un «consumo responsable» o «moderado». Sanidad cree que cualquier consumo distinto de cero es dañino y que esas expresiones solo son un guiño para blanquear la marca.
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Hosteleros, empresas y publicistas tendrán doce meses para cumplir con la norma, pero pasado este tiempo se enfrentarán a sanciones de entre 601 y 30.000 euros y el posible cierre temporal del negocio. Ignorar las nuevas obligaciones se considera falta grave. Los castigos pueden convertirse en muy graves si existe reiteración, desobediencia o daño grave, lo que elevaría las multas hasta los 600.000 euros y la posibilidad del cierre a cinco años.
La segunda gran excepción es el período transitorio de año y medio que tendrán las administraciones estatales, autonómicas y locales. Entre las medidas aplazadas están la inclusión en los currículos de todos los niveles educativos de formación sobre los riesgos del alcohol, la implantación de protocolos en centros de salud y de servicios sociales para la detección precoz del consumo de alcohol en niños y adolescentes y su derivación a programas de ayuda o la prerrogativa de que dispondrán los ayuntamientos para denegar licencias de apertura de comercios minoristas que vendan alcohol cuando estén cerca de centros educativos, de menores o de establecimientos o lugares que desarrollan espectáculos a los que pueden acceder menores. Igual plazo de 18 meses se le dará a los propietarios de máquinas expendedoras de alcohol para que las quiten de la calle y bien tengan un método técnico eficaz para verificar la edad o sean accionadas por sus empleados para evitar compras adolescentes.
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El resto de disposiciones de la futura ley serán exigibles a los seis meses de publicarse. Entre ellas dos de las que más llamativas. Una, la prohibición a todos (menor o adulto) de consumir alcohol en centros educativos y de menores, residencias de estudiantes, canchas con partidos de infantiles o juveniles o lugares de ocio y espectáculos con sesiones para menores. La segunda, la autorización a las policías para hacer soplar con etilómetros a jóvenes o mayores en los lugares donde el consumo está prohibido o a menores en cualquier lugar donde levanten sospechas, pues tienen prohibido beber siempre.
Quienes violen la prohibición de consumir (o se nieguen a la alcoholemia) se enfrentan a multas de 60 a 600 euros y quienes vendan saltándose el veto tendrán sanciones de 601 a 30.000 euros. Igual multa recibirá quien ofrezca bebidas alcohólicas por la calle sin licencia o los autoservicios (supermercados, gasolineras, bazares) que no separen el alcohol de las zonas del comercio a las que tiene acceso libre de compra los menores.
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