El periodo para comenzar a presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio económico de 2022 comenzará el próximo 11 de abril y finalizará el 30 de junio, aunque existen algunas circunstancias en las que los funcionarios de las oficinas de la Agencia Tributaria no le podrán confeccionar su declaración de la Renta de manera presencial o por vía telefónica.
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Rentas de trabajo superiores a 65.000 euros y de capital mobiliario superior a 15.000 euros.
Arrendamiento de inmuebles y alquileres turísticos con plataforma (más de dos inmuebles y/o contratos de alquiler.
Actividades empresariales o profesionales en estimación directa.
Transmisión de más de dos inmuebles o acciones de más de dos emisores.
Transmisión de bienes que se hayan adquirido por donación o herencia.
Por su parte, la Administración Estatal de la Agencia Tributaria le confeccionará la declaración de la Renta, por teléfono o presencial, a aquellos contribuyentes que hayan obtenido en 2022: rendimiento del trabajo inferiores a 65.000 euros y del capital mobiliario menores de 15.000 euros; rendimientos del capital inmobiliario de menos de dos inmuebles alquilados o contratos de alquiler; rendimientos de actividades empresariales en módulos; ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta; ganancias y pérdidas patrimoniales por transmisión, con el límite de 2 transmisiones; renta básica de emancipación, subvenciones y resto de ganancias y pérdidas patrimoniales; e imputación del régimen de rentas inmobiliarias.
Asimismo, también se realizarán las declaraciones en las oficinas en situaciones de compensación de partidas pendientes de ejercicios anteriores, rentas exentas con progresividad, regularización cláusulas suelo, deducción por doble imposición internacional y rectificaciones y complementarias del ejercicio.
Los contribuyentes pueden solicitar una cita para confeccionar su declaración de la Renta por teléfono entre el 3 de mayo y el 29 de junio, mientras que para realizarlo de manera presencial deberán concertarla entre el 25 de mayo y el 29 de junio. Las tres vías para pedir las citas son por internet, en la aplicación de la Agencia Tributaria o a través del teléfono de cita previa para Renta con atención personal 915 53 00 71 y 901 22 33 44.
Cada contribuyente, con su NIF, únicamente podrá pedir un máximo de dos citas; aunque podrá modificarlas o anularlas las veces que sea necesario. Asimismo, las unidades familiares solamente tienen que solicitar una cita, con el NIF de uno de los cónyuges.
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