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LUIS J. RUIZ
Logroño
Lunes, 29 de noviembre 2021, 12:58
María (nombre ficticio, como el resto de los usados en esta información) sabe que no era hija de sus padres desde 2017. Que no comparte ADN con la familia que la crió como sobrina, como nieta, como prima... Que, desde mediados de junio de 2002, ... como en esas películas de la sobremesa dominical, ha vivido en el lugar equivocado criada, ante las dificultades de sus padres, por una abuela que no era tal. Ahora, sin haber cumplido aún los 20 años y tras un prolongado proceso judicial, el Juzgado de Familia de Logroño, tras analizar los resultados de la prueba de ADN, ha confirmado lo que todas las partes daban por hecho desde que la Consejería de Salud reconoció que había existido un intercambio de bebés en el desaparecido hospital San Millán: que ella tendría que haber ido a la casa que acogió a la bebé que nació cinco horas antes que ella y con la que compartió estancia en el área de incubadoras, primero, y, después, horas en las cunas de neonatos. Aquella bebé que, por la mala praxis de una trabajadora del hospital San Millán, acabó en los brazos de la verdadera madre de María. Esa madre a la que nunca conocerá porque falleció en 2018.
Días después de que, a principios de septiembre, Diario LA RIOJA informara de que el Juzgado de Familia instruía un procedimiento de filiación vinculado al intercambio de bebés que estaba atascado desde principios de 2021 a la espera de los resultados de las pruebas de ADN remitidas al Instituto Nacional de Toxicología, ese informe llegaba a la mesa de la magistrada, a la Fiscalía y a las partes (al letrado de María y al de su, entonces, presunto padre). Como todos esperaban -incluida la Consejería de Salud, que en una investigación interna dio por hecho el intercambio e identificó a las familias afectadas- las pruebas de ADN, según la información a la que ha tenido acceso este periódico, han confirmado que María es la hija biológica de la pareja a la que en el San Millán le entregaron a Ana.
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El pasado 14 de octubre, a puerta cerrada, se celebró en el Palacio de Justicia la vista por el procedimiento de filiación impulsado por María (para ser legalmente reconocida -de facto ya lo es- como hija de sus padres biológicos. Este viernes, con más retraso del esperado, las partes recibían una sentencia (con efectos desde este lunes, 29 de noviembre) que declara a María hija [de Paco, nombre ficticio de su padre biológico] a la vista de los resultados de las pruebas de ADN «y con todos los efectos jurídicos y económicos» correspondientes, explican fuentes del caso a este periódico. Eso implica que en el Registro Civil, desde este lunes, María figurará como hija de sus verdaderos padres.
¿Y Ana? ¿En qué situación queda? La legislación, sostienen fuentes jurídicas, no está diseñada para casos tan intrincados como este. Por eso, dicen, la magistrada ha optado por no abordar la cuestión. Más aún después de que la Fiscalía, durante el juicio del pasado 14 de octubre, desistiera de su petición inicial de que se declarara su no paternidad en relación a Paco alegando que la joven ya es mayor de edad. «La norma no contempla situaciones como esta», dicen fuentes jurídicas, que recuerdan que una vez que también existen pruebas que certifican la relación paterno filial entre Ana y sus verdaderos padres, ella podrá reclamar dicha filiación en cualquier momento de su vida. Sus padres biológicos, en caso de considerarlo oportuno, podrían hacerlo por espacio de un año. La Fiscalía y la representación de María también podrían reclamar a la Justicia que se pronunciara al respecto. Frente a este fallo se puede presentar recurso hasta el próximo 30 de diciembre.
Con el relato de hechos ya completo, las pruebas cruzadas de paternidad confirmando todas las presunciones y a la espera de posibles recursos, el caso regresará a la Consejería de Salud, que tendrá que reactivar el procedimiento de responsabilidad patrimonial en el que la defensa de María reclamaba más de tres millones de euros. La administración, con una argumentación deshumanizada, vino a decir que no había nexo causal entre la situación de María y el intercambio, que no fue un hecho antijurídico y que, además, tenía la obligación de soportar sus consecuencias. En todo caso, sí que proponía indemnizarle con 215.000 euros.
El precio, según Salud, de una vida robada.
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