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Los espectáculos que hacen mofa de la discapacidad o de los discapacitados, como ha ocurrido con personas afectadas por enanismo durante décadas en el conocido como 'bombero torero', ya son historia. El Senado aprueba hoy la ley que proscribe cualquier actividad recreativa o representación, incluidas ... las «taurinas», que se burle o busque provocar la risa del público mediante personas con discapacidad. El vetó entrará en vigor en poco más de una semana, que es lo que tardará el Congreso en confirmar el puñado de enmiendas introducidas hoy por la Cámara Baja y en publicar definitivamente la norma en el BOE.
El Parlamento ha aprovechado la transposición de una directiva europea para la eliminación de barreras técnicas en el acceso a servicios electrónicos de los ciudadanos con limitaciones físicas y sensoriales para introducir una disposición final, en concreto la quinta, con la que añade un nuevo artículo a la ley de derechos de las personas con discapacidad, justo el que incorpora la citada prohibición en todo tipo de espectáculos vejatorios.
Eso sí, la misma nueva disposición, en el punto siguiente, establece que las administraciones públicas, en colaboración con las organizaciones de discapacitados, «promoverán políticas, estrategias y acciones públicas» para que quienes se han ganado la vida hasta ahora con los espectáculos y actividades que quedan prohibidas, algunos de ellos sin otra fuente de ingresos durante muchísimos años, «puedan transitar e incorporarse a ocupaciones regulares». Vamos, que los poderes públicos están obligados por ley a ofrecerles un futuro laboral y personal alternativo al que ahora tenían y que queda prohibido.
El veto al 'bombero torero' y a eventos similares está incluido en la regulación por la que el Gobierno y el Legislativo se suman al plan europeo para terminar por ley con buena parte de las barreras que todavía dificultan e incluso impiden que muchos discapacitados puedan beneficiarse en su día a día de los avances tecnológicos. De manera muy especial buscan allanar el uso de los asistentes electrónicos que facilitan la adquisición y gestión de viajes así como los trámites y la información en el interior de las estaciones y aeropuertos.
Esta norma obliga a empresas e instituciones a cumplir unos requisitos mínimos de accesibilidad a toda una serie de productos y servicios electrónicos o telemáticos de uso cotidiano, aunque, eso sí, les da más de dos años período transitorio, ya que no tienen la obligación legal de incorporar los cambios hasta el 28 de junio de 2025. A partir de ese día la norma blindará el derecho de los ciudadanos con algún tipo de discapacidad, especialmente visual o auditiva, al uso de las ventajas y bienes de que ya disfrutan sin trabas el resto de consumidores españoles.
La ley incide de manera especial en exigir el acceso sin limitaciones a los asistentes y aparatajes que facilitan el uso de medios de transporte, con el objetivo de cumplir con el derecho a las libre circulación sin discriminaciones por toda la Unión Europea, lo que obliga a garantizar los medios que permitan la mayor autonomía para viajar a las personas con discapacidad.
Se trata de que cualquier ciudadano, con independencia de sus limitaciones, pueda utilizar un datáfono, reservar un vuelo por internet o facturar su maleta sin pasar por el mostrador de la compañía. El texto asegura el acceso real a las máquinas de facturación, los terminales interactivos que facilitan información, a los que gestionan los turnos o a cualquier lector electrónico.
La eliminación de barreras de uso alcanza también a las aplicaciones de los servicios de transporte de viajeros -sean app, web o máquinas-, a todas las terminales de autoservicio de estaciones de autobús o tren, de los puertos y de los aeropuertos, pero también a otras áreas de consumo como el acceso a los servicios de comercio electrónico, incluidos los medios de pago o los libros electrónicos.
Otro de los puntos fundamentales de la norma es la exigencia de unos medios mínimos para asegurar el acceso real de cualquier discapacitado al uso del teléfono de emergencias 112, no solo en España sino en cualquier país de la UE. Los cambios quieren acabar con determinadas trabas derivadas de los medios y protocolos de funcionamiento del servicio, que actualmente son una barrera para los ciudadanos con discapacidades físicas, particularmente para las personas sordas.
España será uno de los pocos socios continentales que traspondrá esta directiva europea en su integridad y que le conferirá rango de ley. Busca garantizar en la práctica la igualdad de oportunidades y la no discriminación en el acceso a los bienes y servicios que deben tener todos los españoles con la eliminación las barreras que aún dificultan, y mucho, la vida cotidiana de las personas con alguna discapacidad, al tiempo que blinda su derecho a ser clientes, consumidores y usuarios de toda clase de servicios sin limitaciones.
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