![Tráfico: La multa de la DGT por no hacer correctamente una rotonda](https://s1.ppllstatics.com/elnortedecastilla/www/multimedia/202302/05/media/dgt-multa-rotonda.jpg)
![Tráfico: La multa de la DGT por no hacer correctamente una rotonda](https://s1.ppllstatics.com/elnortedecastilla/www/multimedia/202302/05/media/dgt-multa-rotonda.jpg)
Secciones
Servicios
Destacamos
La Dirección General de Tráfico (DGT) deja claro en el código de circulación cómo se debe circular por cada vía y la forma correcta de realizar las maniobra. En el caso de las rotondas, la normativa es clara: se debe reducir la velocidad, no obstaculizar a ningún otro vehículo y tener claro que la prioridad siempre la tienen los que ya están dentro.
En la glorieta se debe prestar atención tanto al entrar como al salir y escoger el carril adecuado cuando se está en ella, según las indicaciones de la DGT. Usualmente, se debe circular por el carril exterior siempre que esté libre, y se utilizará los demás para adelantar. No obstante, en las rotondas situadas dentro de zonas urbanas se puede circular por el carril que mejor se adapte al destino del conductor. Para abandonar la glorieta, la opción recomendable es usar el carril exterior.
Otras noticias de la DGT
Una vez dentro de la glorieta, si el tráfico se complica y el vehículo no puede salir, la opción más adecuada es dar una vuelta más. Una de las conductas penalizadas en este tipo de vías es salir directamente desde un carril interior, cruzando por los carriles adyacentes. Esta infracción está castigada con una multa de 500 euros y la retirada de 6 puntos del carné de conducir. Una temeridad que es un delito si pone vidas en peligro.
Otra infracción grave es no activar los intermitentes cuando se va a cambiar de carril o a salir de la rotonda. En este caso la multa asciende a 200 euros, ya que no advertimos de la maniobra que vamos a realizar y entorpecemos la circulación, además de poner en riesgo a otros conductores pudiendo causar un accidente.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.