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Solange Vázquez
Lunes, 16 de diciembre 2019, 08:31
Tengo un piso que no uso... ¿lo alquilo para sacar un dinerillo? Cuando alguien se hace esta pregunta, enseguida se abre la caja de las dudas y los temores. ¿Y si me lo destrozan? ¿Y si no me pagan y luego no hay quien los ... eche? Los propietarios muchas veces tienen la impresión de que esta 'aventura' es como un salto al vacío. Y, aunque no tiene por qué suponer una mala experiencia, en ocasiones, lo es. Desde la Oficina de Consumidores y Usuarios (OCU), explican cómo prevenir el impago del alquiler y cómo reclamarle a un moroso en caso de que haya dejado de abonar su cuota mensual. «Ir a los tribunales no suele compensar», advierten.
1.
No conviene precipitarse ni caer en el pánico a la primera de cambio. Si el atraso en el pago es sólo de unos días, hay que mantener la calma. Si ya ha pasado un mes, desde la OCU aconsejan dar un primer aviso, por teléfono o por escrito, de modo informal. Pero si aun así no da muestras de querer pagar, la advertencia ya debe ser 'oficial'. Debes mandarle al moroso «un burofax, conducto notarial o acto de conciliación judicial -algo que sirva como prueba legal-. Si a pesar de todo el inquilino no paga, no queda más remedio que ir a juicio»
2.
Si ya estás harto, puedes reclamar el dinero que te debe el inquilino o solicitar el desahucio por impago... «o las dos cosas a la vez», indican desde la organización. Si el moroso es solvente, puedes intentar que le dé el dinero, pero en la mayoría de los casos se declaran sin recursos y si reclamas judicialmente, no sólo no recuperarás ni un euro, también tendrás que abonar tú las costas del juicio. «Mejor céntrate en resolver el contrato y recuperar el inmueble», aconseja la ONU.
3.
Parece que da mucho miedo meterse en asuntos de desahucio. Pero a veces no queda más remedio. Entonces, el proceso es el siguiente: se celebra un juicio verbal que requiere la presencia de un abogado y un procurador. ¿Te parece un gran lío? Bueno, la OCU sostiene que «es un procedimiento rápido y no demasiado complicado». Eso sí, tiene un coste económico. Aunque las tarifas son libres, a modo orientativo, la organización dice que el impago de dos mensualidades de unos 1.200 euros llevado a juicio suele costar entre 800 o 4.000 euros. «Si cuentas con algún seguro de defensa jurídica, úsalo», recomiendan.
4.
Parece que el juicio es ya una realidad... pero no, aún puede haber solución. Antes de que se celebre, el inquilino puede pagar lo que debe con un depósito en el juzgado o ante notario. Y asunto zanjado. O hay otra posibilidad: el casero puede ceder con tal de recuperar la vivienda de «en un plazo pactado» y 'perdonar' la deuda, en parte o en su totalidad.
5.
A veces, tras una mala experiencia, los propietarios ya no quieren volver a alquilar. Pero si se animan a hacerlo, suelen tomar más precauciones. Estas con las principales: comprobar la identidad y la solvencia del futuro inquilino (DNI, copia de dos nóminas y número de la Seguridad Social), pedir garantías como la fianza legal -suele ser el valor de dos meses de renta- y solicitar un aval personal privado -para el inquilino es mejor que el bancario- comprobando que el avalista es solvente, claro. También hay propietarios que se hacen un seguro de impago que cubre la deuda, el desahucio y los desperfectos de la casa. ¿El problema? «Normalmente se exige que la vivienda sea la residencia habitual del inquilino», aclara la OCU.
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