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EL NORTE
Jueves, 2 de febrero 2023, 11:39
Desconocido para muchos, existe una ayuda de hasta 5.280 que puede hasta pedirse tres veces. El Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE) revela cuáles son las condiciones para tener derecho a la renta activa de inserción (RAI), destinada a aquellos ciudadanos que sean parados de larga duración (más de 12 meses en situación de desempleo) y han agotado la ayuda principal. Si es un desempleado de larga duración, previamente deberá acreditar ante el servicio público de empleo autonómico de su oficina la realización de, al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo (BAE) y deberá cumplir varios requisitos.
La cuantía mensual de la Renta Activa de Inserción (RAI) es el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), cuyo importe según el SEPE es de 480 euros durante once meses, lo que da lugar a los 5.280 euros. Es una medida orientada a mayores de 45 años. La duración de este subsidio La RAI es de once meses como máximo y se puede pedir a través de la sede electrónica del SEPE o en una de sus oficinas hasta en tres ocasiones.
Requisitos para cobrar la RAI
• Tener 45 o más años de edad.
• Estar inscrito o inscrita ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses. Se pueden consultar en la web del SEPE en qué supuestos se considera interrumpido este periodo.
• No tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. (Cuantías para este año). Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.
• Si tiene cónyuge y/o hijos o hijas menores de 26 años o mayores con discapacidad, o menores en acogida, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de su unidad familiar así constituida, incluyéndole a usted, dividida por el número de miembros que la componen, no supera el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
• No haber sido beneficiario o beneficiaria de la RAI en los 365 días naturales anteriores a la fecha de solicitud de admisión al programa, salvo en el caso de víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica y personas con discapacidad.
• No haber sido beneficiario o beneficiaria de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores.
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