Entorno del barrio de San Lorenzo en el que se ubica la parcela cuyo propietario será indemnizado. Antonio Tanarro

Segovia

Otro varapalo judicial obliga a pagar 905.000 euros a un propietario de San Lorenzo

La sentencia contra la autoridad local reconoce el derecho a la indemnización por pérdida de edificabilidad tras aprobarse el Peahis

Sábado, 19 de octubre 2024, 10:07

La entrada en vigor del Plan de Especial de Áreas Históricas de Segovia (Peahis) en 2020 ha supuesto un antes y un después en la normativa urbanística que rige la ciudad. Pero también ha conllevado la apertura de sendos litigios que amenazan con menguar las ... arcas municipales. La pérdida de edificabilidad por la aplicación de este reglamento en una finca del barrio de San Lorenzo obliga al Ayuntamiento de Segovia a indemnizar a su propietario con cerca de un millón de euros. Así lo confirma una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. El plazo que tenía el Consistorio, parte demandada, para presentar recurso de apelación finalizó esta misma semana.

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La parcela protagonista del litigio colinda con la calle Jerónimo de Aliaga. Está situada dentro de los límites establecidos por el Peahis, por encima del terreno utilizado como aparcamiento que también acoge la plaza de toros de San Lorenzo y por debajo del centro de salud de este distrito de la capital segoviana. El déficit de aprovechamiento edificatorio -por la imposibilidad de construir tras la aprobación de la normativa urbanística- supera los 1.200 metros cuadrados, lo que ha llevado a un particular a solicitar una indemnización a la Administración local.

La valoración pericial del Ayuntamiento no ha seguido los presupuestos definidos en la sentencia

El procedimiento judicial se inició a finales de 2022 y, al no haber acuerdo con la cantidad compensatoria por las diferencias observadas en los informes periciales presentados por la parte reclamante y la demandada, fue necesario dictar una nueva resolución. En ella, el juzgado informa de que el Ayuntamiento no ha efectuado una valoración siguiendo los presupuestos de la sentencia. «No respeta algunas de las cuestiones resueltas», como son el valor mínimo o la aplicacion del coeficiente de ponderación solicitado.

Mientras que el perito del reclamante compara la parcela para concluir con una cuantía con zonas del propio barrio, limítrofes o del centro, el informe del Consistorio hace lo propio con espacios más alejados. Una de las muestras se corresponde incluso con Zamarramala, «que tiene más analogía con un pueblo», recoge el auto judicial. También tiene en cuenta la edificabilidad bajo rasante, por lo que «el precio de la vivienda baja mucho». Así, se concluye que el único documento que cumple con las condiciones definidas en la sentencia a ejecutar es la aportada por la parte actora.

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Intereses y costas

Si bien es cierto que este último informe estima que el precio del metro cuadrado se eleva a 864 euros, lo que conllevaría el abono de algo más de 1.040.000 euros al propietario, el magistrado aclara que el importe «no puede exceder» los 752,05 euros, según se fija en la primera resolución. De este modo, la indemnización propuesta asciende a 905.904 euros, un montante al que hay que sumar los intereses legales desde la emisión del auto el pasado 30 de septiembre.

También se condena al Consistorio a abonar las costas de este procedimiento, hasta un máximo de 2.500 euros, ya que la autoridad judicial aprecia que «no deja de sorprender que una administración pública no incorpore al menos las determinaciones de la sentencia, dado que estos pronunciamientos no eran cuestionables en el incidente de ejecución».

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El plazo para presentar recurso de apelación finalizó este martes, aunque el gobierno municipal por el momento no ha hecho pública la hoja de ruta que tomará a la hora de abordar esta cuestión. El solar que ha perdido la edificabilidad está incluido en el catálogo de espacios libres y privados del Peahis, pues se encuentra en el recinto denominado como 'Huerta del Baño', que se divide en una parcela municipal y dos privadas.

El reglamento urbanístico contempla para este espacio una «tendencia progresiva a la erradicación de las construcciones en favor del uso hortícola». De ahí que especifique que la «recuperación» de parte del terreno de titularidad particular se debe supeditar a este fin. A día de hoy, el solar está acotado y separado por un vallado, y cuenta con presencia de arbolado y algunas construcciones.

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