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El TSJ absuelve al profesor condenado por pasar droga en la cárcel de PerogordoEl Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha absuelto al profesor que fue condenado por la Audiencia Provincial de Segovia como el presunto autor de un delito de tráfico de drogas, al considerar que no existen pruebas que demuestren que era la persona que pasaba droga y teléfonos móviles a los internos ... a los que daba clase en el centro penitenciario de Perogordo. El tribunal con sede en Burgos revoca la sentencia que condenaba al profesor a una pena de prisión de siete años y a una multa de 4.000 euros.
El TSJ considera probado que en la dirección del centro penitenciario se sospechaba, a finales de 2020, que el profesor estaba introduciendo droga y otros objetos prohibidos con motivo de las clases que impartía en el interior de la prisión. Por ello, se sometió a varios cacheos a varios internos después de las clases con el profesor condenado -y ahora absuelto-, en los que se encontraron diferentes cantidades de cocaína, heroína o cannabis, así como teléfonos móviles, dispositivos de almacenamiento externo, cables y enchufes con conexión USB. El TSJ asegura que no ha resultado identificada la persona que entregó a los citados internos las drogas y objetos prohibidos.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Segovia condenó al profesor al considerar que aprovechó su actividad como docente para pasar droga y otros objetos. Según el TSJ, lo hizo valorando «especialmente la declaración inculpatoria» de uno de los internos que recibió la droga y los teléfonos, también condenado por la Audiencia Provincial de Segovia, una versión de los hechos que «es la más verosímil sin que se haya ofrecido una explicación alternativa mínimamente consistente».
Sin embargo, el TSJ subraya que la declaración incriminatoria de un coimputado (el interno que fue condenado por la Audiencia) «es prueba insuficiente, como prueba única, y no constituye por sí sola actividad probatoria de cargo bastante para enervar la presunción de inocencia». Por ello, estima íntegramente el recurso presentado por el profesor.
En la sentencia, el tribunal deja abierta la puerta a que la declaración inculpatoria del interno «pudiese venir motivada por algún motivo espurio, no precisamente la animadversión hacia el profesor, pero sí algún otro como puede ser la necesidad de desviar la atención y ocultar al verdadero suministrador de dichas sustancias». Por ello, califica su declaración de «escasamente fiable e insuficiente». En este sentido, el TSJ señala la «incoherencia» de la Audiencia Provincial al dotar de verosimilitud y eficacia probatoria la declaración para condenar al profesor, «pero la deshecha como insuficiente» para condenar a un tercer acusado (a quien supuestamente iba destinada la droga), el cual fue absuelto en la sentencia recurrida.
También rechaza que la versión de que fuera el profesor el encargado de pasar la droga y los objetos prohibidos al interior del centro penitenciario fuera la única verosímil, tal y como concluía la sentencia de la Audiencia Provincial. «No ha quedado claro si el profesor era o no sometido a controles a la entrada del centro y tampoco ha quedado acreditado que los internos fuesen constantemente vigilados desde el momento que salían desde su módulo hasta que llegaban al aula donde se impartían las clases». Así, el TSJ considera que la droga y los objetos «pudieran haber llegado a poder de los internos por otro medio distinto, o, al menos, es una posibilidad que no puede racionalmente descartarse». De ahí que no oculte su extrañeza por no haberse dado cuenta de manera inmediata a la policía.
Por todo ello, la Sala de los Civil y Penal del TSJ entiende que subsisten «graves dudas» acerca de lo realmente ocurrido, «razón por la cual no puede entenderse plenamente probada la participación del acusado en un delito tan grave como el que es objeto de acusación».
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