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Los abogados segovianos toman buena nota de cómo abordar los casos de violencia sexista y los delitos contra la libertad sexual. Los letrados se reciclan y actualizan conocimientos en unas jornadas organizadas conjuntamente por la Junta de Castilla y León y el Consejo General de ... la Abogacía de la comunidad autónoma. Estas sesiones se repetirán en distintas provincias próximamente. Este martes y miércoles es el Colegio de Abogados de Segovia al que le toca instruirse.
El auditorio de la sede profesional, en la calle San Agustín, se ha quedado pequeño en la primera sesión, lo que demuestra el interés despertado por los temas de las ponencias y por los trasfondos tan sensibles a los que prestan atención.
La violencia sexista, los abusos y las agresiones sexuales y la asistencia jurídica a las víctimas y a los menores son asuntos delicados y complejos que merecen la dedicación de unas jornadas específicas, que con estas cumplen su segunda edición gracias al convenio suscrito entre el Consejo de la Abogacía de Castilla y León y la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.
La realidad judicial de la lacra social también justifica con creces la iniciativa formativa que se desarrolla. En la primera mitad del año en curso, los datos del Observatorio de Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial indican que los juzgados segovianos han tramitado 204 asuntos penales relacionados con la violencia sexista contra la mujer. El promedio mensual es de 34 asuntos.
Detrás del número frío y objetivo laten tragedias personales y familiares con nombres y apellidos. Esos dramas que llegan a los juzgados han experimentado un repunte en el último año. El aumento es notable, ya que en doce meses los expedientes registrados judicialmente han crecido un 25% (en 2016, entre enero y junio se contabilizaron 162 asuntos penales).
Falta concretar las razones de la subida. Si efectivamente poco a poco se va perdiendo el miedo a plantar cara legalmente al maltratador, si las campañas de sensibilización empiezan a dar resultados en los juzgados y a descubrir una problemática social demasiado arraigada y extendida, si asistimos a una proliferación de las denuncias falsas, si el espectro de edad de la mujer denunciante se ha ampliado a supuestas víctimas cada vez más jóvenes...
Si se atiende a la cantidad de denuncias recibidas en los juzgados, la primera mitad del año se ha saldado con 176. Son 79 más que los ingresados en los mismos seis meses del curso anterior. Es casi el doble en el mismo periodo de tiempo.
Estas cifras se refieren a los casos en los que las víctimas pueden acogerse a no declarar como testigos, opción que ejercieron doce mujeres en el primer semestre de este ejercicio. O dicho de otro modo, una de cada siete maltratadas no testificó contra la persona denunciada.
Las estadísticas oficiales del Poder Judicial al cierre del curso pasado arrojaban en Segovia una tasa de denuncias por cada 10.000 habitantes superior a 16. Seis provincias registraron índices más bajos, cuatro de ellas pertenecientes la comunidad castellana y leonesa: Teruel, Huesca y las vecinas Ávila, Salamanca, Palencia y Soria.
Aunque sin disponer de cifras concretas en la mano, el presidente de la Audiencia Provincial de Segovia, Ignacio Pando, intuye que sí puede haber habido un incremento de la tramitación judicial de asuntos de violencia sexista tipificados en el Código Penal. Lo deduce a partir de la cantidad de recursos elevados a la Sala sobre los que ha de resolver.
Al igual que aumenta el movimiento de tramitaciones judiciales, también los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) dejan al descubierto que, al menos en los últimos doce meses, se ha detectado en la provincia unincremento de los delitos de violencia de género contra las mujeres.
Los juzgados registran 149 casos ingresados en el acumulado de los dos primeros trimestres del ejercicio actual, cincuenta más que en el mismo periodo de 2016. La inmensa mayoría (120) corresponden a lesiones y malos tratos contemplados en el artículo 153 del Código Penal. Les siguen a distancia los tipificados como delitos contra la libertad.
En cuanto a las medidas adoptadas por los juzgados segovianos, en el primer trimestre de este año había en vigor 17 órdenes de protección (cinco a mujeres de nacionalidad española); mientras que en segundo habían sido incoadas 18, de las que once correspondían a denunciantes españolas. Todas fueron tomadas a instancia de la víctima. En este capítulo también hay que tener en cuenta las peticiones que a la postre resultan denegadas. Una de cada tres son rechazadas.
Durante la ponencia, el presidente de la Audiencia Provincial de Segovia diseccionó los aspectos concernientes a los tipos penales y criterios jurisprudenciales centrados en los delitos contra la libertad sexual y no tanto en los de violencia de género. En este sentido, esbozó que «con el paso del tiempo, estos tipos penales son de los que más han cambiado», con sucesivas reformas en el articulado del Código Penal.
Ignacio Pando opina que en el fondo de esas variaciones introducidas desde el año 1995 hasta ahora están justificadas por «la propia evolución de la sociedad», lo que a su vez acarrea «una dificultad» que afecta fundamentalmente a los componentes de la tipificación penal y al aspecto probatorio.
Por su parte, el magistrado de la Audiencia Provincial, Jesús Marina, abrió el turno de las ponencias analizando profusamente la validez de la prueba en los delitos cometidos a través de medios telemáticos, así como la revisión de la prueba en segunda instancia. A este respecto, el juez bosquejó que «llevamos un tiempo en que las sentencias absolutorias son inamovibles».
Ante esta tendencia, es aconsejable que los recursos apelen a la falta de racionalidad para poder pedir la nulidad con el objetivo de devolver el trámite a la primera instancia.
Asimismo, Marina llamó la atención sobre «el problema existente en la solicitud de autorización judicial» para el rastreo o interceptación de comunicaciones cuando hay ya un sospechoso. Esa adversidad que observa el magistrado de la Sala Provincial consiste en que este tipo de medidas solo se pueden aplicar a la persecución de «delitos de gran envergadura»; sin embargo, hay indicios de otros menores, como pueden ser las amenazas telefónicas desde un número oculto, cuyo seguimiento es más complejo por esa consideración menor.
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