![Segovia: Trece años de cárcel para el acusado de agredir y abusar sexualmente de su prima en Turégano](https://s1.ppllstatics.com/elnortedecastilla/www/multimedia/202103/23/media/cortadas/turegano-detorre-kKeH-U130920976149ZXE-1248x770@El%20Norte.jpg)
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La Audiencia Provincial de Segovia condena a trece años de prisión al joven C. P. Á, por un delito de homicidio en grado de tentativa y por abusar sexualmente con penetración de su prima. Según la sentencia dada a conocer este martes por ... el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la Sala presidida por el magistrado Ignacio Pando divide la pena en siete años por el primero de los delitos y seis por el segundo, y también condena al procesado al pago de las costas del proceso judicial. La resolución impide al penado a aproximarse a menos de un kilómetro de la víctima y le prohíbe mantener cualquier tipo de contacto. A su vez, deberá de indemnizar a la perjudicada con 24.500 euros.
La condena dista de los quince años que solicitaba la Fiscalía por cada uno de los delitos de asesinato en grado de tentativa y de agresión sexual. En lo que se refiere al delito contra la libertad sexual de la víctima, la Sala entiende que se trata de «un abuso sexual con penetración y no ante una agresión sexual con penetración, aunque ello suponga discrepar de las calificaciones». Si bien la sentencia considera probada la tesis de las acusaciones, matiza que en ellas se define la aparición del deseo sexual en el momento en que el acusado ve a la víctima inerte en el suelo y a su merced.
«Por tanto, la violencia ejercida previamente no tuvo por objeto la comisión del delito, sin que se aprecie relación de causalidad entre uno y otro acto. El acusado no quería matar y violar a la víctima, sino que el acusado quería matarla y luego se le ocurrió abusar sexualmente de ella», expone el fallo de la Audiencia,
Asimismo, disiente de las apreciaciones realizadas por el Ministerio Público y por la acusación particular durante el juicio para argumentar que los hechos eran constitutivos de un delito de asesinato en tentativa. La Fiscalía veía ensañamiento en la paliza que propinó el ahora condenado a su prima; mientras que la representación legal de la víctima consideró en su calificación que la intención de matar se hizo con alevosía. La sentencia de la Audiencia Provincial no considera ninguna de las dos circunstancias, por lo que rebaja la pena de intento de asesinato a intento de homicidio.
Los hechos juzgados ocurrieron en septiembre de 2016. El condenado, que en el juicio ha reveló en su declaración que le hubiera gustado ser el novio de la joven a la que agredió hasta casi matarla. Como expuso la Fiscalía, el acusado estaba cenando con la víctima y denunciante, en el domicilio de ésta en Turégano. Alas 23:35 horas decidieron salir de fiesta. Cuando la chica estaba sentada en el salón poniéndose los zapatos, el procesado aprovechó para golpearla por detrás en la cabeza, y posteriormente tirarla al suelo. La víctima gritaba como podía lo que provocó que el procesado utilizase ambas manos, apretando el cuello de la víctima.
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