El sindicato de enfermería Satse ha anunciado que conseguido una sentencia favorable en la provincia de Segovia para una enfermera contagiada de covid-19 en la UCI del Hospital General durante la primera ola. El sindicato celebra que se haya logrado que se reconozca que ... la baja laboral por sintomatología compatible con el virus, a consecuencia del desarrollo de su actividad asistencial, tenga la consideración de enfermedad profesional.
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La sentencia a favor de la enfermera ha sido dictada por el Juzgado de lo Social de Segovia más de dos años después del inicio de la pandemia del coronavirus. La demandante, enfermera que presta servicios en la UCI del Hospital General de Segovia, comenzó con sintomatología compatible con el virus en los primeros días de la pandemia. Estuvo de baja del 13 al 20 de marzo de 2020 por enfermedad común con diagnóstico de 'infección respiratoria'. El 19 de marzo de 2020 obtuvo una PCR con resultado negativo y, posteriormente en serología, realizó dos pruebas que arrojaron un resultado positivo.
El sindicato indica que la demanda surgió tras conseguir, «pese a las múltiples trabas y dificultades», que la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Segovia y su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales emitieran en octubre de 2020 al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) un informe acreditando que la enfermedad sufrida por la trabajadora cumplía criterios para ser considerada 'caso sospechoso de covid-19' y que, al tratarse de personal que presta servicios en un centro sanitario, cumplía los criterios para su consideración como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo.
En agosto de ese mismo año se requirió a la trabajadora un informe de su médico de Atención Primaria con el diagnóstico y la enfermera solicitó la determinación de contingencia profesional derivada de accidente de trabajo al INSS. Un año después, este organismo emitió resolución negándole dicha petición y considerando su situación como contingencia común y con carácter excepcional asimilada a accidente de trabajo a efectos económicos.
Pero finalmente, el tribunal ha dado la razón a la enfermera frente al INSS, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Servicio de Salud de Castilla y León (SACYL) «fallando a su favor en la reclamación por determinación de contingencia de proceso de incapacidad temporal como derivado de enfermedad profesional».
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La sentencia, contra la que cabe recurso, afirma que «pese a ser cierto el hecho de que la PCR arrojara un resultado negativo, que dicha prueba no es concluyente, porque un resultado negativo no presupone que no ha habido contacto con el virus ya que los niveles de estos anticuerpos pueden ser tan bajos que no se detecten, que existen dos pruebas serológicas con resultado positivo».
También recoge que «la enfermera prestó servicios en la UCI del Hospital General de Segovia en los primeros días de la pandemia, momento en que comienza con sintomatología compatible con el virus, que los hospitales se colapsaron de pacientes covid, siendo razonable que contrajese la enfermedad y como consecuencia de la misma estuvo de baja médica una semana con síntomas absolutamente compatibles con covid-19, declarando que el proceso de incapacidad temporal sufrido por la trabajadora fue derivado de accidente de trabajo»
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Satse recordó que, durante este periodo inicial de la pandemia, existía «déficit de equipos de protección individual en todos los centros sanitarios y áreas de salud de la provincia de Segovia, entre los que destacaban elementos como mascarillas FFp2 y quirúrgicas, batas, gafas, calzas, etc., y que los protocolos existentes se modificaban sobre la marcha y a contrarreloj, permitiendo que los profesionales sanitarios fueran vulnerables al virus, como así lo verifican las cifras de contagios en dicho sector».
Segovia fue la provincia de Castilla y León con mayor porcentaje de contagios entre sus profesionales y la provincia de España con mayor índice de mortalidad, recuerda el sindicato de enfermería, que valoró positivamente esta sentencia.
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