Segovia
La ordenanza de terrazas propone cerramientos con mamparas y acopios autorizados en la calleSegovia
La ordenanza de terrazas propone cerramientos con mamparas y acopios autorizados en la calleHabía expectación por saber las reglas que propone el nuevo equipo de gobierno del Partido Popular (PP) en el Ayuntamiento de Segovia para regular la ocupación de la vía pública. El borrador de la ordenanza en cuestión se ha hecho esperar hasta primera hora ... de la tarde de este viernes. Durante un mes, permanecerá expuesto para informar a los ciudadanos del futuro marco normativo y abierto a acoger ideas que lo completen, corrijan y mejoren. El alcalde de la ciudad, José Mazarías, anima a la participación de la ciudadanía, consciente del debate y la disyuntiva en torno a la instalación de terrazas. «Hay algunas que invaden» el espacio de paso de los peatones, admite el regidor, quien defiende que la normativa cocinada pretende evitar, precisamente, esos abusos y excesos.
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César Blanco Elipe
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Sus recientes declaraciones y las reuniones que han mantenido concejales de su equipo con responsables de la hostelería ya vaticinaban algunas de las iniciativas que se han confirmado ahora en el borrador. Habrá que ver si encuentran el respaldo buscado o, por el contrario, el rechazo. La declaración de principios que hace el reglamento es que uno de los objetivos que mueven la aprobación de la ordenanza es «la búsqueda del equilibrio entre la ocupación de vías públicas por parte de las terrazas y el uso de espacios por el resto de ciudadanos», reza el documento.
Los artículos que tejen el reglamento referido a las instalaciones al aire libre de los establecimientos hosteleros, cada vez mas codiciadas y solicitadas, confirman algunas reglas que ya se vienen aplicando tras modificaciones realizadas en la normativa en vigor. Sin embargo, hay aspectos que intentan amoldarse a los nuevos tiempos que corren marcados por «el auge» experimentado por las terrazas en bares y restaurantes, «todo ello propiciado por un cambio paulatino y grande de la climatología, cada vez más favorable al uso de este tipo de instalaciones». El borrador habla de modificaciones «sustanciales» más que de una revisión a fondo del marco vigente. Y detrás de ellas está, sobre todo, el aumento de la superficie de vía pública ocupada por las terrazas.
1,50 metros
es la altura máxima que han de tener las mamparas divisorias y las jardineras que se coloquen en las terrazas de bares y restaurantes.
50 centímetros
es la altura máxima de tramo opaco que podrán tener las mamparas divisorias en la que los establecimientos podrán estampar su nombre
La ordenanza planteada ahora contempla y «permite, con carácter general, la instalación de mamparas divisorias, jardineras, entarimados, toldos, carteles de menús, estufas y una mesa auxiliar, dentro del recinto de la terraza autorizada». Caben matices, como también recoge el documento, pero al menos admite la colocación de estructuras a modo de cortavientos que cubran de alguna manera las terrazas y las protejan de la lluvia, la nieve y de las bajas temperaturas.
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Del texto se deduce, por tanto, que la futura reglamentación del uso del dominio público aparca las restricciones del anterior gobierno municipal socialista y abre la puerta a los cerramientos en forma de mamparas, que, para ganarse el permiso municipal, deberán de cumplir unas características muy concretas por estética y para garantizar el paso de los peatones en el equilibrio que promueve la ordenanza. En cualquier caso, estas infraestructuras tendrán que pasar el examen de idoneidad del Ayuntamiento.
Las mamparas y jardineras tendrán que cumplir los requisitos sobre accesibilidad que marca la norma autonómica que regula esta materia. Además, deberán ser móviles y adecuadas al entorno, basadas en los modelos aprobados por el Consistorio. Nunca podrán rebasar el límite de la superficie concedida a la terraza y en ellas no figurará ningún mensaje publicitario ajeno a la actividad del local, que sí podrá estampar su nombre. En cuanto a las medidas, no podrán elevarse por encima de 1,50 metros y bajar del metro de altura.
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Las mamparas serán transparentes instaladas en un bastidor metálico de color marrón oscuro o negro forja. Podrán tener un tramo inferior opaco, de una altura no superior a 50 centímetros, donde podrá ir el nombre el establecimiento vinculado a la terraza.
Por su parte, las jardineras serán de madera tratada para intemperie, barnizadas transparentes o de color marrón. Tendrán una anchura de entre 30 y 35 centímetros y de largo medirán entre 60 y 100 centímetros, con una altura que puede oscilar entre los 40 y 50 centímetros. La normativa plantea también que deberán contener elementos vegetales vivos y pequeños que no superen la altura de la mampara instalada o, en su defecto, de un máximo de 1,50 metros.
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Las mesas, sillas, sombrillas, toldos, estufas, y demás mobiliario acotado y permitido en el perímetro de la terraza también han de cumplir unas condiciones estéticas específicas. En este apartado, el borrador diferencia entre las zonas A y B. En la que está definida por la Ciudad Vieja y el Acueducto, los elementos deberán tener colores neutros, como el beige, el marrón, el granate, además del blanco y el negro; no llevarán publicidad, a excepción de los toldos, que podrán incluir el logotipo o nombre comercial del establecimiento. La superficie que ocupe la lona no podrá superar los 15 por 50 centímetros.
La zona B es menos exigente. La regulación propuesta por el equipo de gobierno municipal indica que las condiciones que se imponen son las del decoro y el ornato, así como que no figure ninguna inscripción publicitaria y se prohíben los colores estridentes como el amarillo, el rojo o el azul, por ejemplo. Para toldos y sombrillas se autorizará un único color que puede ser el beige, el marón, el granate, el negro o el blanco.
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Una de las preocupaciones de las asociaciones vecinales y de otros colectivos es que la proliferación y expansión de las terrazas han comido terreno al paso de peatones en algunas zonas en las que mayores con la movilidad reducida, familias con el carrito del niño o personas que han de ir en silla de ruedas tienen harto complicado circular con normalidad. En otros lugares, han bajado a la calzada o han obtenido el permiso para la instalación en plazas de aparcamiento tras ser estudiado cada caso individualmente para acreditar que no había peligro ni para clientes, ni para los peatones ni trastocaba el tráfico.
El borrador establece que «la distancia mínima entre terrazas contiguas será de 1,20 metros, y el ancho de acera libre para el paso de peatones, una vez instalada la terraza, será de 1,80 metros, salvo en casos excepcionales que serán estudiados por los técnicos municipales», matiza el texto, que en cualquier caso afirma que se «asegurará la accesibilidad peatonal en los espacios públicos».
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Uno de los caballos de batalla de los hosteleros en los últimos años a la hora de tratar de llegar a un acuerdo sobre la ordenanza de terrazas con los anteriores equipos de gobierno en el Ayuntamiento de Segovia era dónde dejar el mobiliario de las terrazas una vez cerradas hasta la jornada siguiente que vuelvan a abrir. Mientras que las anteriores administraciones socialistas veían con malos ojos y abogaban por prohibir las pilas de sillas, mesas, estufas y demás elementos encadenados en la calle, había empresarios que se quejaban porque no disponían de espacio en el local ni de un almacén en el que guardar el mobiliario.
1,20 metros
es la distancia mínima entre terrazas contiguas que establece el borrador de la ordenanza municipal de ocupación de vía pública.
1,80 metros
es el ancho de acera libre que como mínimo debe quedar una vez colocada la terraza para garantizar el paso de peatones.
La ordenanza de ocupación de vía pública que ha publicado este viernes el Ayuntamiento señala en principio que, «fuera del horario autorizado en la licencia para la instalación de terraza, el titular está obligado a retirar del exterior los elementos, que serán recogidos diariamente en el interior del local al que pertenezca la terraza o en otro habilitado para tal finalidad por el interesado». Añade que «en ningún caso se podrá anclar el mobiliario mediante cadenas, cuerdas o elementos similares a elementos de edificios como columnas de soportales».
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Hasta aquí podría ser la propuesta contra la que se rebelaban los hosteleros, pero el borrador introduce algún matiz, como el hecho de si algún negocio precisase «por falta de espacio, dejar el mobiliario en la vía pública, deberá solicitarlo expresamente y recabar la autorización del Ayuntamiento», que fundamentará su decisión en el estudio que los técnicos municipales hagan de cada caso «sobre la viabilidad de lo solicitado, definiendo en la solicitud el espacio donde se dejará el mobiliario y condiciones de almacenaje».
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