La Asociación San Miguel y San Frutos presentó el sábado la demanda del recurso contencioso administrativo que reclama la nulidad del acuerdo del Ayuntamiento de Segovia por el que se aceptó, el 24 de octubre de 2018, la cesión de los derechos de ... reproducción de la estatua Segodeus, el diablo que quedó instalado en la parte superior de la calle San Juan.
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Esther Lázaro, abogada y miembro de la Asociación San Miguel y San Frutos, ha confirmado la presentación de la demanda ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Segovia, que el órgano judicial tendrá que notificar ahora al Ayuntamiento para que la conteste en el plazo de veinte días. Contando con los plazos, la práctica de las pruebas y la celebración del juicio, la letrada estima que la sentencia podría dictarla el juez en septiembre u octubre.
El fin que persigue esta demanda es que se declare la nulidad del acuerdo municipal que aceptó la cesión de los derechos de la estatua por el autor, José Antonio Abella, y en consecuencia todos los actos posteriores hasta la instalación de la escultura en el pretil de San Juan y, en definitiva, que el diablillo Segodeus sea retirado de su emplazamiento. «Tenemos esperanzas fundadas de que puede prosperar el recurso contencioso en primera instancia», comenta Esther Lázaro. Si la resolución del juzgado fuera desfavorable, «tendrá que decidir la asociación conjuntamente qué hacer», si se presenta el correspondiente recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) o no, apunta la abogada. Hasta entonces «pueden pasar muchas cosas», precisa, porque hay unas elecciones municipales por delante y cabe la posibilidad de que «haya un cambio de tendencia en el Ayuntamiento».
Sin embargo, los responsables de la asociación no tienen demasiadas esperanzas de que se acepten por el Tribunal Superior de Justicia las medidas cautelares solicitadas, sobre todo la principal de que no se permita tener puesta la estatua hasta que se resuelva el recurso contencioso administrativo. «Lo prudente habría sido que el Ayuntamiento hubiera esperado a que se resolviera para instalar la escultura, pero la pusieron porque estaban muy seguros de que no se iba a aceptar la medida cautelar».
Se refiere Esther Lázaro al equipo de gobierno municipal y a la decisión de colocar la estatua en San Juan que hizo efectiva la alcaldesa, Clara Luquero, el pasado 23 de enero. La semana anterior, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Segovia rechazó la suspensión cautelar del acto administrativo que había solicitado la Asociación San Miguel y San Frutos para que no fuera colocada la estatua de bronce. Tampoco tuvo en cuenta sus argumentos el equipo municipal ni las 12.500 firmas recogidas a través de la plataforma de Internet Change.org, que tuvieron que registrar de forma telemática. El colectivo recurrió el auto del juzgado ante el TSJ y la resolución podría producirse este mismo mes, aunque la abogada de la asociación espera que sea publicada después de las elecciones municipales.
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Frente a las pretensiones de los opositores al diablillo, que argumentan motivos estéticos y que la instalación ataca sus convicciones religiosas, el juez consideró para desestimar la suspensión cautelar solicitada que, además de una figura en el ámbito religioso, el diablo «forma parte de una leyenda sobre la construcción de un emblema de la ciudad», el Acueducto, y es «un elemento cultural» que pertenece al «acervo segoviano». Admitió el juzgador que el interés de los demandantes es el «sentimiento negativo» de una parte de la población, al exponerse en público una escultura del demonio, pero añadió que este sentimiento «no puede impedir la ejecución de los actos administrativos, dado que el estado de opinión o los sentimientos que puedan provocar los actos administrativos, tienen un evidente componente subjetivo».
Además, el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo consideró que, si prosperase el recurso y fueran anulados los acuerdos municipales, sería fácil ejecutar la pretensión de los demandantes, pues solo sería necesario «desmontar la estructura» que soporta la estatua, y después retirar esta.
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