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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Segovia ha declarado «no ajustado a derecho» el contrato de adjudicación del Festival de Cine Europeo (la antigua Muces) por parte del Ayuntamiento de Segovia, al que condena en costas, «con un límite máximo ... de 750 euros, IVA incluido», según expresa el juez en el fallo. Contra esta resolución, que estima «totalmente» el recurso contencioso-administrativo frente a la adjudicación del contrato, no cabe interponer recurso alguno.
La sentencia, que llega apenas diez días después de la vista oral, alude a la «ausencia de informes relevantes exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público» y aprecia «coincidencias» entre el contrato de dirección adjudicado a Trípode Cultural y varias de las partidas que iban a realizar, de manera individual, algunos de sus componentes y que, según el juez, estarían incluidas en el concepto de dirección. La resolución judicial señala asimismo que no consta en el expediente que Trípode Cultural tuviera capacidad de obrar ni habilitación profesional para llevar a cabo el Festival de Cine Europeo. Para el magistrado, el Ayuntamiento de Segovia «ha incumplido» con la obligación de acreditar y justificar la solvencia profesional de esta asociación para la contratación del Festival de Cine Europeo. En la sentencia también se hace constar que no existía base predefinida para informar a la hora de la valoración de los proyectos presentados por los licitadores ni se realizó valoración de mercado alguna. El juez condena en costas al Ayuntamiento de Segovia, «si bien queda reducida a una cantidad de 750 euros, IVA incluido, teniendo en cuenta la cuantía del recurso y la naturaleza y complejidad de las cuestiones debatidas»
El caso llegó a los tribunales porque el grupo municipal del Partido Popular presentó un recurso contencioso-administrativo contra el decreto de Alcaldía, de fecha 18 de agosto de 2020, por el que se aprobaba un contrato menor a la asociación cultural por importe de 14.999 euros, IVA no incluido. Los populares entendían que la adjudicación no se ajustaba a derecho, como ahora ha ratificado el juez, porque vulneraba «de manera clara» la Ley de Contratos del Sector Público en cuanto al procedimiento establecido para los contratos menores y a la necesidad de acudir a un procedimiento diferente del utilizado, «dado que se ha producido un fraccionamiento de los contratos menores con la finalidad de eludir la transparencia y publicidad así como las garantías menos exigentes en el contrato menor», sostenía el PP.
La decisión judicial abre otra crisis política en el seno del Ayuntamiento, esta vez relacionada con el área de Cultura. La Concejalía resta importancia al contenido de la sentencia, que, por otra parte, acata y respeta. «Se trata de una sentencia sobre un contrato menor, de menos de 15.000 euros, que cuestiona el procedimiento administrativo empleado para formalizarlo. Estamos únicamente ante el cuestionamiento de un procedimiento administrativo concreto, sin ninguna trascendencia jurídica. A esto habría que añadir que, en materia de cultura, los procedimientos no se rigen por criterios únicamente económicos, sino que se tiene en cuenta la idoneidad cultural de los proyectos», señalan fuentes del área municipal. Cultura asegura que la elección del proyecto presentado por Trípode se resolvió atendiendo a la calidad del planteamiento y al currículo de sus componentes, que cuentan con una «amplia experiencia» en la organización de actividades relacionadas con el cine en sus diferentes manifestaciones. «Se realizó la valoración de la solvencia profesional en función del proyecto, y en comparación con otros proyectos presentados, como refleja la documentación facilitada tanto al Juzgado como al PP. Sí que consta, pues, en nuestra opinión, una valoración acreditada de la solvencia profesional, tanto de la actividad cultural como de sus responsables», dicen las mismas fuentes. Por otra parte, el Ayuntamiento cree que la sentencia desestima «de forma tácita» uno de los principales argumentos del PP en su acusación, referido a la fragmentación ilícita del contrato, en el sentido de que era necesario un contrato plurianual al ser el festival una necesidad recurrente.
Por su parte, el portavoz municipal del Partido Popular, Pablo Pérez Coronado, dice que su grupo estudia el alcance de las responsabilidades que, como oposición, debe exigir, tanto a la concejala de Cultura, Gina Aguiar, como a la alcaldesa, Clara Luquero: «El Ayuntamiento se escuda en que se trata de un contrato menor, pero el juez dice que no debería haber sido tal, que es necesario un proceso de licitación. Resulta inaceptable que quieran pasar de puntillas sobre el asunto con la excusa de que ha sido poca cosa». Pérez Coronado defiende la actuación de su grupo: «Hemos hecho lo que debíamos, velar por que los contratos salgan adelante de manera legal. Independientemente de la repercusión política que pueda tener el caso, es un juez el que ha salido diciendo que ha habido irregularidades o que el contrato con esta asociación es ilegal. El PP siempre va a favor de la cultura, que nadie lo dude, pero también de la administración legal del Ayuntamiento».
Para la portavoz municipal de Ciudadanos, Noemí Otero, la sentencia sobre el 'caso Trípode' es «la gota que colma el vaso» de la «negligencia» municipal. «Instamos a la alcaldesa, si tiene un mínimo de decencia política y lealtad para con los segovianos, que exija entre su equipo de gobierno responsabilidades que deberán ser asumidas de inmediato», añade Otero.
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