La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), con sede en Valladolid, ha resuelto que no hay razones legales para impedir la reapertura la estación de esquí alpino Puerto de Navacerrada ... . Más concretamente, deniega la petición tramitada por la Abogacía del Estado, a instancia del Organismo Parques Nacionales, dependiente a su vez del Ministerio de Transición Ecológica y para el Reto Demográfico, de suspender cautelarmente la actividad en los terrenos del Pinar de Valsaín que ocupa la concesión de la explotación de las pistas que están ubicadas en la vertiente segoviana del alto.
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Uno de los fundamentos sobre los que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León construye su argumentación para denegar la petición del Gobierno de España es que no se dan los requisitos necesarios, según la legislación vigente, para que la medida demandada tuviera el carácter de urgencia que imprime y define a una propuesta de este calado como la que tramitó el lunes la Abogacía del Estado.
Esta respuesta de la justicia refuerza el frente común de la Junta de Castilla y León y de la Comunidad de Madrid cuando esta semana han tensado la cuerda contra el Ejecutivo de Pedro Sánchez a raíz del conflicto creado en torno al decreto de cierre de estación de esquí. Esta declaración del pasado mes marzo consistía en que el Ministerio ordenaba el desmantelamiento de los remontes, enganches y demás maquinaria de las tres pistas afectadas por la medida (El Bosque, El Escaparate y El Telégrafo).
Tanto la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León como parte demandada en este expediente, como el Organismo Autónomo Parques Nacionales al ser la entidad concesionaria de la explotación y solicitante de las medidas cautelares denegadas tienen dos días para presentar las alegaciones a la resolución judicial.
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La empresa había anunciado la reapertura de la estación de esquí Puerto de Navacerrada había anunciado el retorno a la actividad este viernes día 3, si las condiciones meteorológicas lo permiten, a pesar de la medida declarada por el Ministerio. De hecho, a mediados de noviembre lanzaron las ofertas para la adquisición de forfait antes, precisamente de este viernes.
El Ministerio de Transición Ecológica y para el Reto Demográfico (Miteco) analiza la resolución del TSJCyL de este jueves en la que deniega la suspensión inmediata de la actividad en la estación de esquí alpino Puerto de Navacerrada, tal y como pretendía el Organismo Autónomo Parques Nacionales, dependiente del organigrama ministerial, a través de la petición que formuló la Abogacía del Estado. La lectura que hace el Ministerio que dirige Teresa Ribera matiza que «el juez no ha rechazado las medidas cautelares, lo que no ha aceptado es que se hagan por el procedimiento de urgencia, que se adoptan sin escuchar a las partes». En este sentido, recuerda que el tribunal ha decidido tramitar dichas medidas por el procedimiento ordinario, de ahí que dé dos días a las partes (Junta de Castilla y León y Parques Nacionales) para que presenten sus respectivas alegaciones.
El Ministerio considera que «se trata de una cuestión procesal que no se puede interpretar como que el juez permita esquiar en la estación». Por su parte, los planteamientos del Organismo Autónomo y del departamento dirigido por Ribera «no han cambiado a la espera de que el procedimiento se desarrolle de la manera que la justicia estime conveniente». El Miteco queda a expensas, pues, de lo que diga el juez en su momento.
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