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Los divorcios que se resuelven con el acuerdo de los cónyuges que rompen su vínculo cada vez son más frecuentes. Esta tendencia que revelan los datos del Consejo General del Poder Judicial, y que son más evidentes en los litigios por las modificaciones de las ... medidas y la definición del régimen de custodia de los hijos, responde en parte a evitar la exposición de los menores que se ven inmersos en el proceso de separación. Así lo deduce la abogada segoviana Elvira Sanz Rivas, especialista en el ámbito matrimonialista. Además, un convenio regulador ahorra tiempo en los juzgados.
Los letrados y la maquinaria judicial en general han pasado página de los trastornos que generó, en los primeros meses del año pasado, la huelga del cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, que entre sus consecuencias retrasó el pago de las pensiones alimenticias. Según la abogada, aquellos problemas en el funcionamiento general, que también impactaron en los procedimientos de divorcio que por falta de acuerdo acaban en los tribunales, «están solucionados». Sin embargo, «es verdad que la justicia no se caracteriza por ser rápida y siempre sufrimos dilaciones por distintos motivos, por ejemplo por falta de medios personales en los juzgados», se queja Sanz Rivas.
Si hay litigio entre los cónyuges y menores damnificados por la disputa legal entre progenitores, existen las llamadas vistas previas, que «deberían ser rápidas», antes de que se celebre el juicio propiamente dicho. Pero como insiste la letrada segoviana, los trámites siempre van tan veloz como se quisiera. Para paliar la profusidad procesal y las demoras exageradas, se articula un procedimiento de medidas provisionales, hasta la celebración del juicio principal. Es aquí cuando se definen cuestiones como la cuantía de la pensión, el régimen de visitas o quién ejerce la guarda y custodia de los niños.
Elvira Sanz Rivas
Abogada
El aumento de los consensos entre los padres cuando se dirime la custodia de los menores responde a que «cada vez más se tiende a que los progenitores acuerden una custodia compartida de los hijos que haya en el matrimonio». Segovia, al ser una ciudad pequeña, tiene ventajas en este aspecto con respecto a otros lugares como Madrid o Barcelona. Elvira Sanz Rivas así lo cree dado el tamaño de la capital y «el fácil acceso» que brinda cuando se establecen las condiciones de la custodia de los retoños. El acuerdo «es más factible porque no hay muchas distancias y quizás el día a día de las familias es algo más llevadero».
«Efectivamente se están concediendo muchas más custodias compartidas porque los roles de los progenitores en la actualidad han cambiado», explica la abogada segoviana «Ahora, en cualquier familia ambos se ocupan por igual de los hijos, y esa situación que se ha dado cuando el matrimonio ha estado junto no tiene por qué variar cuando se llega a romper el vínculo. Ambos, padres y madres «tienen el derecho a pasar el máximo tiempo posible» con sus retoños, apostilla la letrada. Lo mismo que los vástagos «poseen su derecho a disfrutar de los progenitores por igual», lo cual, bajo mi punto de vista no solo de letrada sino de madre, es un triunfo para todos y es algo que ha ido en beneficio de todas las partes».
Elvira Sanz Rivas
Abogada
Las diferencias cuando se plantean las medidas provisionales antes del juicio son sobre todo «económicas». Sanz Rivas arguye que, «si la situación del progenitor que tiene la obligación de abonar la pensión de sus hijos empeora, no puede reducir él por sí mismo el dinero que abona a sus hijos porque podría suponer un problema judicial, incluso por la vía penal».
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Ante este panorama, los padres que tienen dificultades para cumplir con el pago de la pensión establecida para los vástagos «han de acudir al juzgado» para solicitar la disminución de la cuantía «por sus nuevas circunstancias». Así pues, será la justicia la que tiene la última palabra para admitir esa petición y no tener problemas en el futuro, expone la abogada.
El supuesto que cita la letrada también puede ocurrir al contrario. Es decir, que el progenitor que tiene que recibir la pensión entiende que quien ha de pagar ha incrementado su nivel económico. Entonces, también ha de exponerlo al juez y que este acuerde si procede incrementar el importe que le ha de pasar.
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