El Tribunal Supremo ha resuelto el recurso de casación planteado por la empresa Avanza contra la sentencia que declaraba improcedente el despido de una conductora de Segovia por jugar al pádel mientras estaba de baja médica por una lumbalgia. La Sala de lo Social del ... tribunal con sede en Madrid ha rechazado el recurso de la empresa, que planteaba que el caso era similar a otro en Canarias en el que sí se consideró procedente el despido.
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Los hechos se remontan a 2023. La mujer, conductora del Avanza desde febrero de 2019, ya estuvo de baja algo más de un mes a comienzos de 2022 por un dolor en la parte inferior de la espalda. En julio volvió a recibir la baja y fue diagnosticada de lumbalgia, dolencia que la mantuvo sin poder trabajar durante casi un año, hasta julio de 2023.
Durante el tiempo en el que estuvo en situación de incapacidad temporal, la mujer participó como jugadora (no federada) en al menos cinco torneos de pádel celebrados en la provincia de Segovia. Sin embargo, los informes médicos de 2023 muestran que la mujer, que ya jugaba al pádel de forma habitual antes de su lumbalgia, podía seguir jugando «de forma ocasional y sin forzar». De hecho, otro de los informes recomendaba que desde el principio del tratamiento para combatir la lumbalgia se hiciera ejercicio físico de forma regular y seguir con actividades deportivas habituales como el pádel. Eso sí, precisaba que «sin forzar para evitar rigidez articular o la pérdida de masa ósea y muscular».
Por otro lado, un informe de una aseguradora en marzo de 2023 establecía que la práctica de actividad deportiva afectaba de forma negativa a su recuperación y podría alargar su proceso de incapacidad temporal. Por ello, la empresa Avanza despidió a la mujer en abril de 2023 por motivos disciplinarios.
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La mujer demando a la empresa y el Juzgado de lo Social número 1 de Segovia declaró improcedente el despido en septiembre de 2023. La resolución fue recurrida por Avanza, pero la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León lo desestimó en diciembre y confirmó la sentencia del juzgado segoviano.
La última bala de la empresa fue presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el que alegaba una contradicción en la jurisprudencia, comparando el caso con otro en el que el TSJ de Canarias sí declaró procedente el despido de un hombre que jugaba al tenis y al frontenis durante el periodo en el que estuvo de baja médica. Sin embargo, el tribunal con sede en Madrid concluye que no existe identidad entre las sentencias comparadas por la empresa, por lo que inadmite el recurso de Avanza con un auto que no admite nuevas apelaciones.
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