La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL ha denegado la petición de medidas cautelares solicitada por el Organismo Autónomo Parques Nacionales, una vez escuchadas las partes, por las que se pretendía impedir la reapertura de la estación de esquí (que finalmente no se ha ... producido por cuestiones meteorológicas).
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La Sala entiende que «en la ponderación de intereses inherente a la adopción de esta medida cautelar, no puede entenderse que la falta de adopción de las medidas interesadas causen perjuicios irreversibles, en atención al hecho de que, como se expresó en el auto de 2 de diciembre pasado en el que se negó la adopción de la medida cautelarísima, los actos de uso del monte desde la última concesión se vienen realizando durante los últimos 25 años –realizándose ya precedentemente a la fecha de la concesión— y el perjuicio debe entenderse que estaría más bien ínsito en el impedimento del uso y la posible retirada de las instalaciones, lo que podría crear una situación definitiva de difícil reversibilidad de acordarse al momento actual dicho impedimento del uso y eventualmente el desmantelamiento de dichas instalaciones. Todo ello, sin necesidad de contemplar otros eventuales perjuicios como es la extinción de las relaciones laborales o de otro tipo que pueden haberse constituido por la concesionaria».
Por otro lado, la Confederación Hidrográfica del Duero ha dado por extinguido el aprovechamiento del arroyo El Telégrafo, cuyas aguas eran utilizadas para la fabricación de nieve artificial.
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