Secciones
Servicios
Destacamos
quique yuste
Segovia
Sábado, 20 de octubre 2018
En la misma semana el Ayuntamiento de Segovia ha vivido una de cal y otra de arena en los tribunales. Si el jueves el teniente de alcalde, Andrés Torquemada, dio a conocer la sentencia del Juzgado de lo Social que exime a la administración municipal de responsabilidad en el despido improcedente del trabajador del 'parking' de José Zorrilla, ayer recibió la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que desestima el recurso planteado por el Consistorio contra la obligación de expropiar una de las parcelas próximas al edificio del Círculo de las Artes y la Tecnología (CAT). Los propietarios pretenden reclamar 1,5 millones de euros al Ayuntamiento por el terreno, la cantidad de dinero por la que, aseguran, estuvieron cerca de vender la parcela en 2009, año en el que el Ayuntamiento ocupó los terrenos.
El fallo del tribunal regional rechaza la apelación que el Ayuntamiento había presentado contra la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo de Segovia, que el pasado mayo estimó parcialmente el recurso presentado por los propietarios de la parcela afectada, situada entre el edificio del CAT y las instalaciones militares de Baterías y de una hectárea de extensión. El juzgado consideró en aquel momento no ajustadas a derecho las resoluciones del pleno del Ayuntamiento que declaraban la improcedencia de iniciar el expediente de justiprecio de la parcela –tal y como solicitaban los propietarios de la misma– y requerían al Consistorio a fijar el justiprecio de los terrenos situados en las inmediaciones del edificio del CAT. Por otro lado, el juzgado rechazó la inscripción de la parcela a nombre del Ayuntamiento en el registro de la propiedad (como pedía la propiedad).
Pero la sentencia del TSJ, dictada el 15 de octubre, no solo ratifica la decisión del juzgado de lo contencioso-administrativo relativa a la expropiación de la parcela por parte del Ayuntamiento, sino que condena al Consistorio al pago de las costas procesales (unos 25.000 euros según los dueños de la parcela). Ademas, el tribunal estima la apelación de los propietarios y obliga a la administración municipal a inscribir a su nombre la parcela en el Registro de la Propiedad. «Hasta ahora los terrenos no estaban inscritos como propiedad del Ayuntamiento porque decían que nunca los habían ocupado», asevera uno de los propietarios de la parcela, que recuerda que el Consistorio pagó unos 180 por sus derechos de ocupación durante cuatro años e incluso llevo a los propietarios a los juzgados para lograr su ocupación en un pleito que venció la administración municipal.
Los responsables del equipo de gobierno socialista, que recibieron ayer la sentencia y rechazaron hacer declaraciones hasta que los servicios jurídicos municipales valoren la misma, puede recurrir el fallo del TSJ al Tribunal Supremo, aunque ello no supondría una paralización de la fijación del justiprecio. De hecho, el pasado 4 de octubre el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia requirió al Consistorio a iniciar los trámites para valorar la parcela en un plazo de cinco días, sin que los propietarios de los terrenos hayan recibido noticia alguna.
Así, los dueños de la parcela afectada esperan que en próximas fechas el Ayuntamiento inicie la valoración económica de los terrenos. «Yo siempre les he dicho que conmigo pueden contar para un acuerdo siempre que no me tomen el pelo», afirma uno de los propietarios, quien considera «una broma de mal gusto» que el metro cuadrado en la parcela cueste un euro, tal y como llegó a declarar el exconcejal de Urbanismo, Alfonso Reguera, dada su calificación de suelo rústico.
Es más, la valoración económica que realiza la propiedad de la parcela, que solicita 1,5 millones, dista mucho de suponer una repercusión económica para las arcas municipales «absolutamente mínima», como señaló el equipo de gobierno tras conocer la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo. Para lograr la cantidad solicitada, la propiedad contempla dos caminos: por un lado, obtener la totalidad vía justiprecio; por el otro, lograr al menos medio millón a través de la expropiación, reclamando la cantidad restante a través de un procedimiento de responsabilidad patrimonial.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.