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La Audiencia de Segovia ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Segovia que absolvió a Vicente Belenguer, el maestro para el que la Fiscalía solicitaba cuatro años de prisión por un delito de odio por verter comentarios denigrantes en su ... perfil de Facebook contra el torero fallecido Víctor Barrio y contra la tauromaquia. La Sala provincial comparte el criterio del Juzgado de lo Penal en cuanto a que la tauromaquia no forma parte de los colectivos de riesgo existentes en el artículo 510 del Código Penal.
En la sentencia ratificada, el juez consideró que la viuda, Raquel Sanz, y los padres del matador han sido víctimas de un «voraz episodio de odio», pero absuelve a Belenguer porque el delito de odio, tal y como está recogido en el Código Penal, protege a grupos vulnerables o de riesgo que pudieran sufrir discriminación por «motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad»; motivos entre los que el Código Penal no incluye al mundo de la tauromaquia y la lidia.
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