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La Audiencia Provincial de Segovia ha desestimado el recurso que interpuso la representación legal de la viuda y padres de Víctor Barrio contra el sobreseimiento definitivo y archivo que dictó el titular del Juzgado de los Penal número 1 en la causa contra Vicente Belenguer, ... el profesor que en su perfil de la red social Facebook insultó al torero segoviano horas después de su trágica muerte en la plaza de Teruel, en julio de 2016.
El fallo recurrido por la acusación particular, impugnación a la que se sumó la Fiscalía, absolvía a Belenguer de un delito de incitación al odio al considerar que el delito de odio no era aplicable en este caso, ya que el Código Penal no incluye al mundo de la tauromaquia como colectivo vulnerable.
Aunque el juez reconocía en un primer auto que los familiares del malogrado diestro habían sufrido «un voraz episodio de odio», también esgrimía en los fundamentos de derecho sobre los que cimentó la absolución que este tipo delictivo, tal y como está recogido en el Código Penal, protege a grupos vulnerables o de riesgo que pudieran sufrir discriminación por «motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad»; de manera que la norma penal no incluye al mundo de la tauromaquia y la lidia.
En dicha resolución abría la puerta a la acusación particular a seguir por otra vía judicial que no fuera la penal: «el hecho de que por este Juzgado no se otorgue a la familia una respuesta penal en el sentido interesado, no significa de modo alguno que no se ha producido un perjuicio gravísimo, y que el Ordenamiento de algún otro modo, no por el precepto legal invocado, debe reparar la situación de regodearse en el dolor ajeno que ha tenido que lamentablemente sufrir la familia».
Asimismo, el magistrado argumentaba que no había pruebas que acreditaran durante la instrucción que el maestro valenciano hubiera sido el autor de los textos difundidos en los que, entre otras vejaciones y ofensas, se alegraba de la muerte de Barrio.
Al día siguiente de la cornada mortal que segó la vida del matador segoviano, Belenguer escribía en su perfil de Facebook: «Muere un tal Víctor Barrio, de profesión asesino de toros, en Teruel (en su casa lo conocerían a la hora de la siesta. Yo que soy un ciudadano muy 'educado', hasta el punto de ser maestro, me alegro mucho de su muerte. Lo único que lamento es que de la misma cornada no hayan muerto los hijos de puta que lo engendraron y toda su parentela. Esto lo digo en cualquier lugar o juicio. Hoy es un día alegre. La humanidad bailaremos sobre su tumba y nos mearemos en las flores que te pongan, ¡cabrón!».
La familia de Barrio y la Fiscalía recurrieron el sobreseimiento y a su vez pidieron la suspensión de un nuevo juicio contra el maestro hasta que no hubiera un pronunciamiento sobre esos recursos. El juez admitió en octubre del año pasado la solicitud de las acusaciones, que de esta manera trataban de evitar una nueva absolución basada en la vulneración del principio 'non bis in idem', esto es, la prohibición de valorar un mismo hecho dos veces.
El auto conocido ahora de la Audiencia Provincial ratifica el sobreseimeinto y da carpetazo a la causa penal contra el maestro. La decisión se fundamenta, precisamente, en dicho principio, ya que considera que lo que piden la familia y el Ministerio Público ya se ha juzgado.
Belenguer se sentó en el banquillo de la sala de vistas del Juzgado número 1 de lo Penal de Segovia el 14 de noviembre de 2019. A la salida, la viuda de Víctor Barrio, reclamaba la necesidad de adaptar la legislación a los nuevos tiempos. Raquel Sanz concretaba que «colectivos como los toreros han de ser protegidos ante los ataques en las redes sociales».
Después de la resolución de la Audencia Provincial de Segovia, los familiares del malogrado torero no piensan en continuar con la batalla legal.
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