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Una persona vende suvenires y otros objetos en el Acueducto. Antonio de Torre

Apoyarse en el Acueducto esquiva la multa por su «difícil» tipificación

Segovia ·

Los infractores pueden solicitar sustituir la sanción económica por sesiones formativas o trabajos para la comunidad

Martes, 21 de marzo 2023, 00:17

La aplicación de la nueva normativa que recrudece las sanciones por los comportamientos inadecuados que tengan como protagonista el Acueducto cumple una semana y, hasta el momento, contabiliza una multa económica. El fin de semana finaliza sin penalizaciones pese a su extraordinario reclamo de turistas. ... Aunque apoyarse en el monumento finalmente no es una actitud castigada, la norma vela por la erradicación de conductas impropias similares, como es escalar, subir, trepar o descolgarse de sus pilares.

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Una persona se enfrenta a una sanción de entre 1.501 y 3.000 euros por subirse el lunes 13 de marzo a un sillar del monumento en el entorno de la plaza Día Sanz. Además, estos últimos días se pudieron observar otros comportamientos cuestionables, como es la colocación de mochilas y los bolsos en los sillares. De hecho, el domingo varias personas montaron una mesa en el entorno del Postigo para la venta de suvenires, cuyos objetos -principalmente imanes- y carteles de reclamo se emplazaban entre los bloques para su sujeción.

En la primera propuesta para la modificación de la ordenanza municipal de convivencia ciudadana se incluía como «uso impropio» la acción de «apoyarse en el monumento de cualquier forma» y, por otro lado, «apoyar bicicletas, carteles u otro tipo de objetos». Incluso tocar sus materiales originales y comer o beber en el ámbito definido por sus arcos tampoco estaba permitido.

No obstante, en la norma definitiva estas acciones no son sancionables debido a que «apoyarse» es un concepto «jurídicamente indeterminado», confirma la alcaldesa de la ciudad, Clara Martín. «Es de muy difícil tipificación», sostiene. Por contra, las multas alcanzan a todo aquel que decida escalar, subir, trepar, descolgarse o cualquier otra acción similar en el Acueducto que no haya sido autorizada por la administración municipal.

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Trascendencia de infracciones

Precisamente, otra cuestión que cambia respecto al borrador inicial es la prohibición expresa de dar de comer a las palomas. Esto se debe a que, según Alcaldía, la ordenanza contempla ya esta infracción en la sección de residuos. «Queda prohibido depositar o lanzar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico e inorgánico, así como el vertido de cualquier sustancia líquida, sobre monumentos histórico-artísticos», recoge, lo que afecta directamente al Acueducto.

Asimismo, se especifica la sanción 'grave' correspondiente a la introducción de papeles, restos orgánicos, colillas, envoltorios o desechos, así como 'muy grave' la relacionada con tirar y verter cualquier tipo de objeto o sustancia a su canal. Uno de los aspectos destacables es que su régimen sancionador, que define multas desde 100 hasta 3.000 euros, contempla graduar las penalizaciones siempre en el tramo superior de la horquilla económica correspondiente a la infracción «dada la trascendencia social de los hechos».

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El documento también recoge la posibilidad de sustituir esta sanción monetaria por sesiones formativas, participación en actividades cívicas u otros tipos de trabajos para la comunidad. Esta petición, que tiene que ser emitida por el interesado, se decide dentro de cada expediente, que puede ser aprobada tras dar cuenta de la infracción cometida.

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