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El juicio por la explosión que tuvo lugar en la calle Coca en 2016 concluyó ayer en los juzgados de la Audiencia Provincial de Segovia ... con la exposición de las conclusiones definitivas de todas las partes. Al acusado de provocar la explosión y el posterior incendio se le imputa al menos un delito de homicidio imprudente y cuatro delitos de lesiones por imprudencia grave, dado que en aquel episodio fallecieron dos personas y resultaron heridas más de una decena, entre vecinos, agentes de Policía y bomberos. En la última sesión, las partes expusieron sus conclusiones definitivas y el juicio ha quedado visto para sentencia.
Los hechos se remontan a la madrugada del 27 de agosto de 2016, cuando el acusado abrió dos bombonas de gas su cocina y llevó una de ellas hasta el dormitorio, con la intención de permitir la salida del gas propano a fin de inhalarlo y quitarse la vida, según explica el Ministerio Fiscal. En la explosión falleció una mujer que vivía en la segunda planta del mismo edificio, justo en el piso situado encima del domicilio donde tuvo lugar la explosión. Su marido murió semanas más tarde, el 24 de septiembre, a causa de lesiones derivadas de esta misma explosión y el consiguiente incendio. El acusado fue encontrado en el garaje con algunas quemaduras, ya que la explosión hizo que la habitación donde se encontraba se desplomase a la planta inferior.
Para la Fiscalía, el acusado cometió un delito de estragos por imprudencia, pero argumenta que padecía en ese momento una «situación de depresión con intención autolítica o suicida, por lo que sus capacidades volitivas estarían parcialmente limitadas». Por ello, si bien en sus conclusiones provisionales la petición era de una pena de prisión de dos años y cinco meses, solicita sin embargo ahora para el acusado medidas provisionales de vigilancia de 22 a 24 meses, y no pena de cárcel, al considerar que el acusado estaba inmerso en una situación de depresión y estimando así que «concurre en el acusado la circunstancia semi-eximente de responsabilidad criminal».
Además, pide indemnizar a cada uno de los tres descendientes de los fallecidos con la cantidad de 60.000 euros por la muerte de sus padres, así como a los vecinos del inmueble, los propietarios de los locales afectados, un bombero y un policía.
Las acusaciones, en representación de todos los inquilinos que tuvieron daños materiales o psíquicos, también han manifestado sus conclusiones. Únicamente ha pedido penas de cárcel para el acusado la representante de los hijos de los fallecidos en la explosión, que considera que el acusado cometió al menos un delito de homicidio imprudente y otros de lesiones imprudentes. La defensa, por su parte, mantuvo su petición de absolución de su representado y, en caso de que el tribunal no le conceda la absolución, se adhiere a las medidas de vigilancia de 22 a 24 meses que pide el Ministerio Fiscal.
Durante el juicio, la Fiscalía ha explicado las características de los hechos, apuntando que se trata de una actuación de gravedad «por los medios empleados, por la magnitud de las consecuencias y por el riesgo que implicó para las personas». «Entendemos que no midió las consecuencias de sus actos», ha dicho la Fiscalía, aunque ha insistido en que «no hay que ser experto para saber que una acumulación de gas puede provocar efectos catastróficos».
El Ministerio Público también ha defendido que la explosión «se causó intencionadamente», que es un hecho que ha quedado claramente constatado, y descarta totalmente la línea de la defensa (fuga de gas). En este sentido, aunque el acusado en su declaración en el proceso ha mantenido que no lo hizo deliberadamente sino que las bombonas se desconectaron al asestar un golpe a un armario, la Fiscalía defiende que esas bombonas no se pudieron abrir involuntariamente. Asimismo, el forense ya afirmó que la actuación tenía como fin llevar al suicidio al acusado, aunque este lo niegue.
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