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Jueves, 26 de enero 2017, 13:23
La Diputación ha aprobado la nueva normativa de las mancomunidades de la Atalaya y de Fuente del Mojón. En la primera se han ampliado los fines, mientras que en la segunda la modificación es más compleja. Integrada por los ayuntamientos de Palazuelos de Eresma, San Cristóbal de Segovia, Trescasas y La Lastrilla, la Atalaya, que hasta ahora se centraba en el servicio de abastecimiento de agua potable, la acción social y educativa, la reparación y mantenimiento de las vías públicas y la recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos, incluidos los puntos limpios, incorpora ahora e la protección civil en los cuatro términos municipales.
El motivo por el cual se incluye esta competencia es porque, en la actualidad, el servicio se viene prestando de forma individualizada por alguno de los municipios que componen la mancomunidad. Que se haga de forma mancomunada «posibilitaría que el servicio se preste de forma y manera más eficaz y con menos costes», informan fuentes de la institución provincial.
Por su parte, la modificación de los estatutos de la Mancomunidad Fuente del Mojón, que integra a los Ayuntamientos de Adrada de Pirón, Basardilla, Brieva, Santo Domingo de Pirón, Espirdo y Torrecaballeros, ya fue aprobada por unanimidad de los 19 miembros asistentes a la sesión de los 32 que la forman de la Asamblea de Concejalescelebrada el 8 de noviembre. El primero de los artículos cambiados se refiere a los fines de la mancomunidad, y en esta disposición simplemente se aclara que las competencias de la organización se amplían hasta la potabilización del agua y los dispositivos de potabilización y el mantenimiento de las redes de abastecimiento hasta los depósitos reguladores.
A partir de esta modificación, las funciones de tesorería serán ejercidas por el funcionario que tenga encomendada la secretaría-intervención de la mancomunidad. También se establece que las aportaciones ordinarias y extraordinarias se determinarán de forma proporcional al consumo que arroje la lectura de los contadores de agua situados a la salida del partidor localizado en la Cañada Real Soriana Occidental.
Además, la modificación estatutaria establece que las aportaciones se realizarán en la forma y plazos determinados por la asamblea en la aprobación de los presupuestos anuales y tendrán la consideración de pagos obligatorios y preferentes para los ayuntamientos mancomunados. Si transcurridos tres meses desde el cierre del ejercicio alguno de los ayuntamientos tuviera deuda con la mancomunidad, se le aplicará un recargo conforme a la normativa tributaria general, en este caso del 5%. Si transcurren tres meses más y no se ha efectuado ese cargo, el recargo subirá al 10%. Transcurrido todo ese tiempo, la asamblea de la mancomunidad podrá acordar la retención correspondiente a cada ayuntamiento en las entregas a cuenta que, por recaudación de sus tributos, les efectúe la Diputación.
Para llevarse a cabo esa retención por parte de la Diputación y posterior abono a la Mancomunidad, tiene que haber un acuerdo del pleno de cada uno de estos ayuntamientos.
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