Imagen de archivo de Víctor Barrio. Efe

Admiten la demanda por el honor de Víctor Barrio contra una edil de Catarroja que le llamó «asesino»

«Ojalá sirva para frenar a otras personas, porque menudas navidades nos han dado, con tuits horrorosos», afirma la viuda del torero

el norte

Viernes, 20 de enero 2017, 11:07

La demanda civil en defensa del derecho al honor del torero segoviano Víctor Barrio contra Datxu Peris ha sido admitida a trámite, según confirma en su web la Fundación Toro de Lidia. La concejala de Guanyar Catarroja (considerada marca blanca de Podemos) en el Ayuntamiento de esa localidad valenciana afirmó en las redes sociales al morir el torero: «No puedo sentirlo por el asesino que ha muerto más que por todos los cadáveres que ha dejado a su paso mientras ha vivido».

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La mujer y los padres del torero fallecido demandaron por la vía civil a la edil por atentar contra el honor de Víctor Barrio. El mensaje donde la concejala veía «positivo» que el torero «ya ha dejado de matar», tuvo una gran repercusión mediática al ser un cargo público. La edil tiene 20 días para contestar a la demanda o se le declarará en situación de rebeldía procesal.

La esposa del torero fallecido, Raquel Sanz, señaló ayer que la admisión de la demanda «ojalá sirva para frenar a otras personas, porque menudas navidades nos han dado, con tuits horrorosos y cuentas falsas satíricas».

La Fundación, entidad que defiende y promociona la tauromaquia, señala que «continúa así persiguiendo y denunciando los ataques contra los derechos y libertades del sector». El pasado noviembre, la Fundación recibió el auto judicial que confirma que la querella interpuesta por un supuesto delito de injurias contra el profesor valenciano Vicente Belenguer, que celebró en las redes sociales la muerte de Víctor Barrio y vejó la memoria del torero, además de insultar y humillar a la viuda y familiares, ha sido admitida a trámite en la vía penal abierta.

El auto recoge que las actuaciones llevadas a cabo presuntamente por Vicente Belenguer suponen «un delito de injurias según los artículos 14.2 y 15 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y demás normativa concordante».

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