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El río Duratón en las inmediaciones de Cobos de Fuentidueña. El Norte
El TSJ desautoriza una balsa de purines en Cobos de Fuentidueña

El TSJ desautoriza una balsa de purines en Cobos de Fuentidueña

Una sentencia del Tribunal Superior de Castilla y León ampara la decisión del Ayuntamiento de frenar la construcción por estar cerca de un arroyo

el norte

Martes, 28 de julio 2015, 18:53

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ratifica el dictamen previo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Segovia que considera ajustado a Derecho el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Cobos de Fuentidueña, celebrado en mayo de 2014, que denegó a la alcaldesa de Carrascal del Río, María del Henar de Pablo, una licencia ambiental y de obras para instalar una balsa de purines en la denominada «zona de policía de uno de los muchos arroyos que riegan este municipio», según ha informado la organización Ecologistas en Acción.

Entre otros fundamentos, el fallo se sostiene en que «la distancia lineal existente entre el sistema de almacenamiento de purín proyectado y el límite exterior de la ribera del arroyo cercano era de 80 metros», recoge la asociación. En este sentido, el Tribunal Superior de Justicia toma en consideración un informe aportado por la Confederación Hidrográfica del Duero y un estudio pericia elaborado por el propio Consistorio de Cobos de Fuentidueña.

La sentencia también contradice el dictamen emitido en junio de 2014 por la Comisión Territorial de Urbanismo y Medio Ambiente. Esa resolución se amparaba a su vez en un informe del Servicio Territorial de Fomento en el que «se declaraba que el proyecto no afectaba a las márgenes del arroyo».

Así, los representantes de Ecologistas en Acción concluyen que la sala del TSJCyL da por probado que «la balsa de purines se iba a emplazar dentro de la zona de policía de dicho cauce, que es de 100 metros, tal y como queda definida dicha franja de seguridad en la Ley de Aguas».

La mayor protección posible

Por otra parte, el fallo hecho público por la asociación conservacionista también aclara que Cobos de Fuentidueña se debe a las Normas Subsidiarias de Planeamiento ;Municipal de la Provincia de Segovia, las cuales «otorgan el mayor grado de protección posible a los cauces, riberas y márgenes de los ríos y corrientes de agua discontinuas (es decir, arroyos) en sus zonas de servidumbre y de policía».

Esta regulación prohíbe cualquier aprovechamiento que implique la transformación del enclave o la lesión del valor específico que se pretende proteger, recuerda Ecologistas en Acción.

Los argumentos esgrimidos por el tribunal autonómico avalan en lo primordial las tesis del Ayuntamiento de Cobos de Fuentidueña, y además «desautorizan el acuerdo adoptado por mayoría en la Comisión Territorial de Urbanismo y Medio Ambiente de junio del año pasado. La organización ecologista lamenta que el Consistorio de la pequeña localidad segoviana haya tenido que verse sometido a un proceso judicial «del todo innecesario».

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