el norte
Lunes, 26 de enero 2015, 12:45
Un vecino fue el que dio el aviso que permitió al Ayuntamiento de Bernardos reorientar la búsqueda, que hasta el pasado 29 de diciembre no había dado los frutos deseados. Aunque para entonces el Ayuntamiento de Bernardos ya contaba con una sentencia del Juzgado de Santa María la Real de Nieva que le declara titular del pleno dominio de la ermita de Nuestra Señora del Castillo, el hallazgo del protocolo para la construcción del templo ha venido a reforzar la postura municipal en la batalla judicial que mantiene con el obispado de Segovia, que recurrió la resolución.
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Según explica el alcalde, Jesús Pastor, el Ayuntamiento «ha sido partícipe de la localización del protocolo en el que consta que los alcaldes ordinarios de Bernardos y dos regidores de su Concejo otorgaron en pública escritura el encargo de la construcción de la ermita del Castillo, en terrenos municipales, a tres maestros de obra, uno de albañilería, otro de carpintería y el otro de mampostería, para que levantaran el edificio según las dimensiones y altura que habían acordado previamente».
En el mismo documento se recoge el coste de la obra, que se fija en 1.900 reales de vellón, pagaderos en tres plazos. El primero, al inicio de las obras, el segundo, mediadas éstas, y el último una vez finalizada la construcción. El protocolo y su transcripción pueden consultarse en la página web del Ayuntamiento de Bernardos (www.bernardos.es). En Bernardos se tenían referencias de este documento, ya que el historiador Ildefonso Llorente Fernández, en su obra La historia de la aparición de la Virgen del Castillo, editada en 1867 en Valladolid y de la que existen ejemplares en las estanterías de varias viviendas de la localidad, identifica el título del protocolo, el nombre del escribano ante el que se otorgó, así como la fecha.
La labor de investigación del profesor José Ubaldo Bernardos Sanz ha hecho posible su localización, que no había sido posible durante una investigación previa en el Archivo Provincial porque se daban por desaparecidos algunos legajos del escribano a partir de 1725.
El protocolo desvela que solo habían transcurrido siete meses desde el descubrimiento de la imagen de la Virgen cuando el Ayuntamiento de Bernardos encargó la obra para levantar una ermita en el lugar donde se había descubierto la imagen. «La localización de este documento clarifica, evidencia y debería poner fin a un litigio no deseado por el Ayuntamiento de Bernardos, obligado a presentar la correspondiente demanda judicial, cuando en el año 2012 el Obispado de Segovia inmatriculó a su nombre la ermita del Castillo», tal y como recuerda el alcalde de la localidad.
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Al Ayuntamiento, añade, solo le ha movido en este asunto la defensa del patrimonio municipal y siguiendo el sentir generalizado de sus vecinos, únicos y auténticos titulares de la ermita de la Virgen del Castillo, levantada a costa de sus antepasados y cuyo mantenimiento han soportado y soportan junto con los hijos e hijas de esta villa, incluida la última restauración llevada a cabo en el año 2009».
A ver ratificada y reforzada su posición tras el hallazgo de este protocolo, el Ayuntamiento ha invitado al Obispado de Segovia «a mantener un diálogo fluido y de mutua colaboración, que garantice que la ermita de la Virgen del Castillo, siendo propiedad municipal, continúe dedicada al culto y veneración a la patrona de la Villa de Bernardos, la Virgen del Castillo». De momento, la respuesta ha sido escueta. «Nos han enviado una carta en la que vienen a decir que toman nota y que trasladarán el asunto a la unidad correspondiente», explica Jesús Pastor, quien confía en que el Obispado dé marcha atrás en el recurso de apelación interpuesto.
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En febrero de 2014
La demanda fue interpuesta el 20 de febrero de 2014 por el Ayuntamiento contra el Obispado de Segovia por haber procedido a inmatricular la ermita, que está declarada Bien de Interés Cultural (BIC). El Ayuntamiento alegó que la finca donde se levanta el inmueble estaba inscrita a favor del Ayuntamiento como titular de pleno dominio con fecha 30 de noviembre de 1956, más de medio siglo antes que el Obispado procediera a la inmatriculación.
Este caso no es extrapolable a otras denuncias contra la Iglesia Católica, que suele inmatricular bienes que no están oficialmente a nombre de nadie, algo que le permite la ley hipotecaria española. Sin ir más lejos, en el litigio por la iglesia de Aldeanueva del Codonal la Justicia determinó que el templo pertenece al Obispado de Segovia. En su resolución, la jueza indicó que el simple hecho de venir satisfaciendo los gastos de suministros del inmueble «no implica la existencia de posesión a título de dueño».
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Tampoco la ejecución de las obras de mejora supone «ejecutar actos en concepto de dueño». En el caso del contencioso de Bernardos, el edificio religioso sí estaba a nombre del Ayuntamiento.
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