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PABLO A. POMARETA / Word
Jueves, 27 de enero 2022, 00:06
Desde el pasado marzo de 2020, la covid-19 ha causado muerte, dolor y miedo. Además de todos los perjuicios para la salud, en los últimos tiempos se presenta un nuevo frente, la polémica sobre la decisión final de si vacunar o no a un ... menor cuando sus progenitores no se ponen de acuerdo. Esto es lo que ha sucedido en Salamanca.
Un matrimonio en proceso de divorcio y padres de una menor tenían visiones diferentes sobre la vacunación, tanto es así que han tenido que recurrir a los tribunales. Mientras que el padre, según recoge un auto del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Salamanca con fecha de 25 de enero notificado ayer, «se opone» a la inoculación de su hija «porque considera que la vacuna no está suficientemente desarrollada para saber qué efectos secundarios puede producir a largo plazo y que en todo caso en los supuestos de menores no hay estudios que avalen que el suero sea necesario para los mismos ante la escasa entidad de los síntomas que les produce». La madre, por su parte, defendía vacunarla cuanto antes.
La juez encargada del caso ha decidido que sea la madre quien tenga la última palabra, ya que considera que la vacuna es beneficiosa para la menor y que la decisión «debe atribuirse en interés de la menor».
Bien es cierto que en el auto se recoge el carácter no obligatorio de vacunarse si ambos así lo decidieran y contesta a la libertad alegada por el padre para no vacunar a su hija, equiparándola con la libertad de la madre para determinar hacerlo. «En este caso la tal alegada libertad por el padre para no vacunar, se confronta con la libertad de la madre de vacunar, y esa libertad que deben decidir los progenitores en beneficio e interés de su hija se debe atribuir a uno de ellos», como se puede leer en el auto.
El fallo añade en su parte final que «se considera que la vacunación de la menor (…) no va contra el interés de la misma», apoyándose en las autoridades pertinentes «estando aprobada por las autoridades sanitarias y pediatras». Además de valorar el cuidado, la asistencia y protección que se estaría brindando a la menor por parte de su madre, evitando del mismo modo «un riesgo mayor para el resto de sus familiares como los abuelos y bisabuelos maternos y paternos, conviviendo incluso con alguno de ellos».
Por último, antes de llegar a la parte dispositiva, el auto expresa el hecho de que «no debe responsabilizarse a nadie de una y otra decisión cuando las consecuencias futuras no son previsibles ni previstas en ningún caso, pero lo cierto es que hoy en día el suero se viene recomendando por las autoridades científicas; la OMS considera que la vacunación de los menores si bien no es prioritaria frente a otros grupos poblacionales sí es beneficiosa para los mismos a título sanitario, social y educativo, para evitar retrocesos en su formación de todos sus aspectos evolutivos».
Casos similares
Ya son varios los padres que han tenido que pasar por la Justicia por no ponerse de acuerdo en torno a la vacunación de sus hijos menores. Generalmente, se trata de parejas separadas o divorciadas que no llegan a ningún entendimiento.
Atendiendo a la mayor parte de los autos, tanto en España como en el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la vacunación acaba ganando por entenderse el hecho de no hacerlo como un riesgo para la salud pública, tal y como señalan organizaciones como la OMS.
No obstante, existe una excepción en España que llama especialmente la atención. Se trata de un caso que tuvo lugar hace unos días en Tenerife donde la juez dio la razón a una madre que no quería vacunar a su hijo alegando que «hay más riesgos que beneficios».
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