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Una pareja, que prefiere mantener su anonimato, posa de espaldas en un banco.

Las uniones de hecho deberán acreditar un mínimo de seis meses de convivencia

Ricardo Rábade

Lunes, 1 de agosto 2016, 06:51

El Reglamento del Registro de Uniones de Hecho, que aprobó el pleno del Ayuntamiento en la sesión ordinaria que celebró el pasado 10 de junio, ya es un documento oficial y ha entrado en vigor, después de haber permanecido sometido a exposición pública durante un mes para la tramitación de posibles reclamaciones y sugerencias por la ciudadanía a lo largo de julio, conforme a los plazos marcados en su momento por el tercer teniente de alcalde, Fernando Rodríguez.

El nuevo reglamento, consensuado por los grupos municipales del PP, PSOE, Ciudadanos y Ganemos, pone de relieve en su preámbulo que «si bien el matrimonio es la forma institucionalizada de uniones estables, no es menos cierto que existen otras formas de convivencia al margen del matrimonio, que constituyen uniones de hecho, a las cuales, en ausencia de una regulación específica, aluden diversas normas legales». El Consistorio entiende que estas uniones de hecho son«una realidad y merecen un reconocimiento, ya que hay que considerar que tienen un compromiso tan firme como las parejas de derecho».

Requisitos

Los requisitos que ha fijado el Ayuntamiento para reconocer una unión de hecho contemplan que en dicho registro podrán inscribirse las parejas no casadas que convivan en el municipio de Salamanca, siempre que sean mayores de edad o menores emancipados, estar empadronados en el Ayuntamiento, así como «tener descendencia en común» o «acreditar una convivencia de al menos seis meses, que se deducirá del empadronamiento en el mismo domicilio». El abanico de requisitos marca claramente que estas parejas no podrán tener relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción, ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. Además, tampoco podrán estar ligados por vínculo matrimonial con otra persona, o encontrarse en situación de separación judicial o de hecho. Y tampoco se aceptará que formen parte, con otra persona, de una unión de hecho vigente en otro registro similar.

El Ayuntamiento ha tenido en cuenta la legislación regional a la hora de aportar su sello personal a este reglamento. Precisamente, para inscribirse en el Registro de Uniones de Hecho de Castilla y León, se requiere permiso de residencia en vigor en el caso de personas extranjeras no comunitarias. Frente a ello, los cuatro grupos municipales elevaron al pleno del 10 de junio una moción, instando a la eliminación de esta restricción o la creación de un registro específico en el Ayuntamiento, proyecto que ya se ha hecho realidad.

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