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Virginia Carrera y Gabriel Risco durante un pleno. ALMEIDA
Ganemos pide más claridad en las transferencias a los partidos políticos

Ganemos pide más claridad en las transferencias a los partidos políticos

Según las bases de ejecución presupuestaria cada formación puede recibir hasta un 35% de dinero procedente del Ayuntamiento

Cecilia Hernández

Jueves, 9 de junio 2016, 11:58

A través de una modificación de las bases de ejecución del presupuesto municipal, realizada en 2009, los grupos políticos con presencia en el Ayuntamiento pueden derivar parte del dinero que reciben de las arcas públicas para su sostenimiento a sus correspondientes partidos políticos. Un porcentaje que puede llegar al 35% y que implica un desvío de fondos públicos a los partidos que si bien está legalizado, no termina de convencer a la Intervención municipal.

Así lo señaló ayer el concejal del Grupo Municipal Ganemos, Gabriel Risco, al anunciar que su formación va a solicitar más «transparencia» en estas materias y que cada grupo político haga pública su contabilidad para comprobar qué cantidades y en qué concepto se derivan a los partidos. De igual modo Ganemos quiere que el Tribunal de Cuentas se pronuncie «expresamente» sobre ese 35% de dinero público y «diga si es legal o no» que vaya a parar a los partidos.

Según el artículo 73.3 de la Ley de Bases del Régimen Local el Pleno de la Corporación podrá asignar, con cargo al Presupuesto de la misma, a los grupos políticos «una dotación económica que deberá contar con un componente fijo, idéntico para todos los grupos y otro variable, en función del número de miembros de cada uno de ellos, dentro de los límites que, en su caso, se establezcan con carácter general en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado y sin que puedan destinarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio de la corporación o a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial».

Contradicciones legales

Las suspicacias aparecen ante la ausencia de fiscalización de la contabilidad de los grupos, ya que sólo se presenta en el pleno si el pleno así lo pide, cosa que no suele pasar. Aunque el artículo 2 de la Ley de Financiación de Partidos Políticos habla de esas aportaciones como modos legales de sostener a las formaciones, hay voces que hablan de una contradicción con el siguiente artículo de esa ley, el 3, que en su apartado 9 señala que «todos los organismos y Administraciones Públicas que concedan subvenciones a los partidos políticos deberán hacer público el detalle de las subvenciones abonadas y de los perceptores al menos una vez al año, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno»

De ahí que los expertos coinciden en la necesidad de dotar de transparencia a esas aportaciones de grupos a partidos. O llegado el caso, suprimirlas, que es lo que solicita Ganemos Salamanca. «Hay que terminar con ese 35%», sentenció Gabriel Risco ayer en el Ayuntamiento de Salamanca.

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