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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha estimado parcialmente el recurso presentado por un administrador de comunidades de vecinos, J. C. I. P., a quien la Audiencia Provincial de Palencia condenó en primera instancia a la pena de tres años, seis meses y un día de cárcel. El alto tribunal le absuelve ahora de los delitos de apropiación indebida y de estafa, pero le condena a una pena de un año y nueve meses de cárcel por un delito de administración desleal, además de tener que indemnizar a la comunidad de vecinos con 85.407 euros como reparación del daño causado, y además de otros 10.000 euros por los perjuicios materiales y morales sufridos, más intereses.
La sala del TSJ argumenta en su resolución del recurso que «no consideramos que el acusado utilizara engaño (base nuclear del tipo penal de estafa) para inducir a error a la comunidad de propietarios, y la determinara a ésta a contratar la ejecución de la obra. Los propietarios contrataron esta obra en marzo de 2017 con una persona que merecía toda su confianza, ya que era el administrador de la comunidad desde 2012, y además tenía una empresa de construcción», indica la sentencia.
«El hecho de que el acusado, además de administrador, fuera el socio único de las sociedades dedicadas a la realización de obras es un primer indicio de que efectivamente por parte de éste se tenía intención de ejecutar la obra para la cual había sido contratado. Lo que existe es una falta de entendimiento sobre las partidas que comprendía el contrato, sobre la ejecución de las obras, su plazo y sus costes, lo que llevó a la comunidad de propietarios a resolver el contrato», añade el fallo del TSJ.
Sin embargo, el alto tribunal de la región mantiene que el acusado sí cometió el delito de administración desleal porque «estaba obligado a finalizar la obra en seis meses desde la concesión de la licencia, en concreto en agosto de 2018. El acusado dispuso el 13 de noviembre de 2018 de una cantidad de dinero, a sabiendas que en ese momento él era quién debía dinero a la comunidad de propietarios, ya que se había pactado penalización por cada día demora que pasara transcurrido el plazo de seis meses, lo cual supone una importante cantidad de penalización, y lo hizo, en beneficio propio, abusando con ello de las funciones que como administrador le eran propias, realizando una gestión desleal del patrimonio de la comunidad a sabiendas del perjuicio, y además conociendo los importantes problemas que se habían sucediendo en la obra hasta el punto que sólo se consideró ejecutada en algo menos de un 9%, y debiendo conocer ya en ese momento el cuestionamiento de su posición como administrador».
En el juicio, celebrado en mayo de 2022, el acusado aseguró que hubo un sobrecoste en el proyecto, ya que había agua en el foso y se tuvo que encargar un estudio hidrológico, y que cuando el proyecto –que era de 2016– se empezó a ejecutar, tuvo en cuenta un metro más de superficie del local de al lado que al final no compraron los vecinos y por ello no cabía la escalera.
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