Intalación de una terraza en la Plaza Mayor. Marta Moras

Palencia

Un mes de plazo para alegar contra la ordenanza de terrazas

La nueva norma trata de conciliar los intereses de los hosteleros y de los vecinos, establece criterios para mejorar la estética y garantiza la accesibilidad universal

Martes, 7 de mayo 2024, 00:28

El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado este lunes, 6 de mayo, el texto de la recientemente aprobada ordenanza de terrazas del Ayuntamiento de Palencia, con la que se intenta regular el aprovechamiento del suelo público por parte de los hosteleros. Esta publicación supone ... la apertura de un plazo de treinta días para la presentación de alegaciones, reclamaciones o sugerencias.

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El texto puede consultarse también en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. La ordenanza ha superado ya la aprobación inicial por parte del Pleno Municipal, con lo que si en el plazo de treinta días no se reciben alegaciones, el texto recibirá automáticamente la aprobación definitiva y podrá entrar en vigor. Pueden presentar alegaciones quienes puedan ver afectados sus derechos. Una vez concluido el plazo de treinta días, el Ayuntamiento tendrá que dar respuesta a las posibles alegaciones y procederá a votar de nuevo el texto de la ordenanza. Si no hubiera ninguna reclamación, se entraría en vigor el documento inicial.

El borrador elaborado por el equipo de gobierno salió a favor el pasado 18 de abril con 23 de los 25 votos a favor. Se abstuvo Ricardo Carrancio, concejal no adscrito, y votó en contra el edil de IU-Podemos, Rodrigo San Martín. Entre los aspectos más destacados de la nueva regulación figuran la exigencia de medidas de ornato, ya que se establecen requisitos para homogeneizar la imagen de las terrazas; las normas de limpieza, pues se establecen obligaciones para la retirada efectiva cuando no se realiza la actividad; o el establecimiento de medidas de accesibilidad universal, con la obligación de contar con plazas para personas con discapacidad.

Además, el Servicio de Prevención de Riesgos del Ayuntamiento estudiará el caso concreto de solicitud de licencia, para comprobar que cumple con todas las medidas de seguridad y evacuación necesarias, los requisitos que se establecen en la normativa y también todas las cuestiones vinculadas al Código Técnico de la Edificación. Todos los hosteleros estarán obligados también a colocar la información relativa a la licencia concedida en sus escaparates, mediante un sistema QR, con el fin de que la Policía Local o los servicios técnicos municipales puedan comprobar rápidamente si la terraza cumple con las condiciones reflejadas en la licencia.

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Características de la ordenanza de terrazas

La nueva ordenanza recoge la concesión de las terrazas por un año natural, con un máximo de 33 veladores por concesión. Se establece también la obligación de ofrecer un espacio accesible, para que puedan colocarse sillas de ruedas y se prohíben los aparatos de sonido, las pantallas de televisión o los espectáculos, excepto en momentos puntuales, como las fiestas o los grandes eventos deportivos.

Uno de los aspectos de mayor controversia ha sido el de los horarios, puesto que hasta el último momento se han tenido que introducir modificaciones. Aunque la concesión sea anual, se establecen dos periodos, el de verano y el de invierno. El primero abarca del 1 de abril al 31 de octubre y permite la apertura de las terrazas hasta la 1:00 de la madrugada los días laborales y hasta las 2:30 horas, las noches de los viernes a sábado, sábado a domingo y las vísperas de festivos. Mientras, en el horario de invierno (desde el 1 de noviembre al 31 de marzo), la apertura de los laborables es hasta las 23:00 horas, y las de las noches de los fines de semana y las vísperas de los festivos hasta la 1:00 de la madrugada.

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Como norma general, también se establece la prohibición de autorizar terrazas en las plazas de aparcamiento, aunque se introduce una posibilidad de excepción para los barrios (más allá del casco histórico, con el límite extendido hasta Cardenal Cisneros). En estos casos, tendrá que hacerse un análisis de cada petición, no podrá compaginarse con terraza en acera y solo se autorizará si puede ofrecer beneficios a esta zona de la ciudad.

La ordenanza es también muy detallista con respecto a las características del mobiliario, de los elementos que pueden colocarse, los materiales, los colores, la forma de los toldos y recoge prohibiciones expresas para el uso de barras, la colocación de toneles en el casco histórico o la publicidad comercial.

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Un año para la redacción de nuevas ordenanzas y reglamentos

La aprobación de la nueva ordenanza de terrazas no es el único procedimiento regulador en el que se encuentra inmerso el Ayuntamiento de Palencia en estos momentos. Ha quedado en suspenso, por falta de acuerdo entre los grupos políticos, la redacción de una nueva ordenanza para la venta ambulante y los mercadillos, pero sí se encuentran en marcha otros textos como el de una futura ordenanza de tenencia de animales, con normativa no solo para las mascotas, sino también para las colonias felinas o las palomas que se encuentran en las calles. Otro asunto para el que también se ha iniciado el proceso de regulación es el reglamento del cementerio, y recientemente se ha aprobado también la normativa de uso de las instalaciones deportivas. Además, se estudia también la futura ordenanza que debe regular el tráfico de vehículos en la Zona de Bajas Emisiones.

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