Imagen del coche que captó el radar. EL NORTE
Palencia

Circulaba a 233 kilómetros por hora en la autovía A-67 en Monzón

El radar Pegasus detectó velocidades de 236, 232 y 231 km/h cuando el límite máximo de velocidad permitido es de 120 en el vehículo que circulaba en sentido Santander

El Norte

Palencia

Lunes, 21 de noviembre 2022, 13:00

El helicóptero de la Dirección General de Tráfico con base en Valladolid detectó el sábado, 19 de noviembre, a un turismo que circulaba a una velocidad excesiva por la autovía A-67 (Palencia-Santander) a la altura de Monzón de Campos en sentido Santander.

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Tras ... medirle la velocidad con el radar Pegasus, los resultados de dicha medición arrojaron velocidades de 236, 232 y 231 kilómetros por hora, aun cuando el límite máximo de velocidad permitido es de 120.

El radar Pegasus es operativo hasta una altura de 300 metros y puede medir la velocidad de los vehículos que se encuentren hasta un kilómetro de distancia del helicóptero. Este radar dispone de dos cámaras, una panorámica y otra de detalle, y tiene capacidad técnica para medir excesos de velocidad de hasta 360 km/hora.

Tras informar de inmediato a la Guardia Civil de Tráfico de Palencia de esta peligrosa conducta, una patrulla de la unidad logró detener al vehículo infractor a la altura de Santillana de Campos donde procedió a identificar al conductor responsable, un varón domiciliado en Santander.

La Guardia Civil de Tráfico de Palencia ya ha instruido diligencias judiciales contra este conductor ante los Juzgados de Palencia por cuanto conducir a más de 200 kilómetros por hora en autovía puede ser constitutivo de un delito expresamente tipificado en el Código Penal.

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La velocidad final que se imputa a los conductores infractores, tras las tres mediciones efectuadas por el radar Pegasus, es la media de las tres por lo que, en este caso, a este conductor se le imputará haber circulado por la A-67 a 233 kilómetros por hora.

Las penas previstas en el Código Penal para los excesos de velocidad constitutivos de delito consisten en la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un plazo superior a un año y hasta cuatro años y, además, con una multa o trabajos en beneficio de la comunidad o una pena de prisión de hasta seis meses. Existe la posibilidad, asimismo, de que el Juzgado imponga el decomiso del vehículo con el que se haya cometido el exceso de velocidad respectivo.

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