![Palencia: La crisis económica es el principal motivo del descenso del 27% de los divorcios en dos años](https://s3.ppllstatics.com/elnortedecastilla/www/multimedia/202207/16/media/cortadas/divorcio-k5IH-U17073671009180E-1248x770@El%20Norte.jpg)
![Palencia: La crisis económica es el principal motivo del descenso del 27% de los divorcios en dos años](https://s3.ppllstatics.com/elnortedecastilla/www/multimedia/202207/16/media/cortadas/divorcio-k5IH-U17073671009180E-1248x770@El%20Norte.jpg)
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La pandemia también ha hecho efecto sobre los divorcios, que en Palencia cayeron el 27% en 2021 respecto a 2019. El descenso de la parálisis de los juzgados durante más de tres meses en 2020 hizo que ingresaran menos demandas de divorcio y que esa ralentización haya tenido que ver en la disminución de resoluciones en 2021. Pero lo que de verdad parece una razón de peso en esa estadística es la crisis económica derivada de la pandemia por la pérdida del empleo o el negocio y la imposibilidad para sostener dos unidades familiares a la vez.
Durante el año 2021 se produjeron en España 90.582 casos de nulidad, separación y divorcio, lo que supuso un aumento del 13,2% respecto al año anterior y una tasa de 1,9 por cada 1.000 habitantes. Sin embargo, por comunidades autónomas, Castilla y León se descuelga de la tendencia nacional, ya que anotó la menor tasa de nulidades, separaciones y divorcios en 2021, con 1,5 casos por 1.000 habitantes.
Palencia registró en 2021 un total de 198 divorcios y una separación, frente a los 239 de 2020 y a los 271 de 2019, año que registra la cifra de disoluciones matrimoniales más baja en la provincia de la última década.
«Existen datos estadísticos de que tras las vacaciones aumenta el número de demandas de divorcio. Respecto a la pandemia, en mi experiencia, no aumentaron las demandas de divorcio inmediatamente después del confinamiento, sino que crecieron más adelante, pero lo que ha aumentado exponencialmente son los procedimientos de modificación de medidas de parejas en las que uno de ellos quedó en Erte sin posibilidad de pagar la pensión, para regularizar y compensar los días en que ha estado con uno u otro progenitor durante el confinamiento...», explica la abogada Arancha Pérez Álvarez.
«El confinamiento acrecentó los problemas, ya preexistentes, en ciertas parejas. Sin embargo, la situación económica en la que quedaron muchas familias, que perdieron su trabajo, hizo que simplemente acudieran a los despachos para informarse acerca de los trámites necesarios para separarse, sin que finalmente se decidieran a hacerlo», agrega la abogada Carlota González Moya.
Otro dato que revela la estadística del INE es que la duración media de los matrimonios en España hasta la fecha de la resolución fue de 16,5 años, cifra ligeramente inferior a la de 2020. El 32% de los divorcios se produjeron después de 20 años de matrimonio o más, y el 19,9% entre cinco y nueve años. En el caso de las separaciones, el 45,2% de los matrimonios tuvo una duración de 20 o más años, y el 15,9% entre 10 y 14 años. El 74,7% de los divorcios se resolvió en menos de seis meses (69,6% en 2020). Por su parte, en el 10,8% de los casos la duración fue de un año o más (10,3% en 2020).
Según los datos (la estadística del INE arroja el número de disoluciones por provincias, pero los demás parámetros son nacionales, el 82,9% de las separaciones se resolvieron en menos de seis meses (79% en 2020), mientras que el 5,9% tardó un año o más (6,0% en 2020). La duración media de los procedimientos fue de cinco meses, algo inferior a la de 2020. En las separaciones, la duración media (3,6 meses) fue menor que en los divorcios (cinco meses).
El 68,3% de los procedimientos de mutuo acuerdo se resolvió en menos de tres meses y el 19,8% en un periodo de tres a cinco meses. Por su parte, el 38% de los procedimientos contenciosos se resolvió entre seis y 11 meses, y un 36,6% en 12 o más meses.
El mayor número de divorcios y separaciones entre cónyuges de diferente sexo tuvo lugar en la franja de edad entre 40 y 49 años, tanto en hombres como en mujeres. El INE refleja también que en el 80,4% de los divorcios de diferente sexo ambos cónyuges eran de nacionalidad española. Atendiendo al estado civil de los cónyuges de diferente sexo cuando contrajeron el matrimonio, la mayoría eran solteros. En el caso de los varones, el 8,6% eran divorciados y el 0,4% viudos. En las mujeres, el 9,0% eran divorciadas y el 0,5% viudas.
El 43,2% de los matrimonios correspondientes a las resoluciones de separación o divorcio no tenían hijos (menores o mayores dependientes económicamente). Este porcentaje fue similar al del año anterior. El 45,2% tenían solo hijos menores de edad, el 4,2% solo hijos mayores de edad dependientes económicamente y el 7,4% hijos menores de edad y mayores dependientes económicamente. El 24,5% tenía un solo hijo (menor o mayor dependiente económicamente).
La custodia de los hijos menores fue otorgada en el 53,2% de los casos de divorcio y separación entre cónyuges de diferente sexo. En el 53,1% se le otorgó a la madre (54,5% en el año anterior), en el 3,5% al padre (3,9% en 2020), en el 43,1% fue compartida (41,4% en 2020) y en el 0,3% se otorgó a otras instituciones o familiares.
En los divorcios y separaciones de cónyuges del mismo sexo se adoptaron medidas de custodia de hijos menores en el 18,8% de los casos. De ellos, en el 35,8% la custodia la obtuvo uno de los dos cónyuges y en el 64,2% fue compartida.
En el 57,5% de los casos de divorcio y separación de cónyuges de diferente sexo se asignó una pensión alimenticia (58,5% en el año anterior). En el 60,2% el pago de la pensión alimenticia correspondió al padre (61,4% en 2020), en el 3,7% a la madre (3,8% en el año anterior) y en el 36,1% a ambos cónyuges (34,8% en 2020).
Por su parte, en los divorcios y separaciones entre cónyuges del mismo sexo se asignó una pensión alimenticia en el 19,3% de los casos.
En el 8,6% de las separaciones y divorcios de cónyuges de diferente sexo se fijó una pensión compensatoria. En el 87,5% de ellas el pago de esta fue asignado al esposo. En lo que concierne a la presentación de la demanda, en el 69,2% de los casos de separación y divorcio de diferente sexo fue presentada por ambos cónyuges, en el 20% por la esposa y en el 10,7% por el esposo.
Arancha Pérez Álvarez, abogada
«Quizá sí que tengamos algo de psicólogos. No soy muy partidaria de aconsejar en el ámbito emocional, pero considero importante llevar a cabo una labor de escucha activa. Para ellos es muy importante hablar, desahogarse y sentirse escuchados», destaca Arancha Pérez Álvarez, quien constata que como letrada busca siempre el mutuo acuerdo. «La primera opción siempre es el mutuo acuerdo. Hay ocasiones en que ello no es posible, y no queda otra posibilidad que acudir a un contencioso. También es relativamente frecuente que un procedimiento de divorcio que empieza contencioso pueda posteriormente reconducirse a mutuo acuerdo, incluso el mismo día de la vista en el juzgado. En este sentido los jueces en muchas ocasiones, conocidas ya las posiciones de las partes, el mismo día del juicio nos animan a alcanzar un acuerdo», explica.
Esta abogada constata que en un proceso de divorcio los mayores problemas se generan en torno a la custodia y régimen de visitas de los hijos menores, o la cuantía de las pensiones de alimentos, sobre todo cuando la capacidad económica de los progenitores es escasa. «En cualquier caso, además de tener todas las medidas lo más detalladamente posible previstas, bien en el convenio regulador o en la sentencia, siempre juega un papel importante el sentido común de los progenitores, para evitar que ante cualquier desacuerdo, tenga que judicializarse el problema», reflexiona.
Respecto a las custodias compartidas, que cada vez son más frecuentes, «para llevarlas a buen puerto, requieren de una mínima comunicación fluida entre los progenitores. La opinión de los hijos es importante en chicos más mayores, a los que difícilmente se puede obligar a estar por ejemplo con uno u otro progenitor en contra de su voluntad», añade.
Paloma Lobato Díez-Cisneros, abogada
Abogada del Tribunal de la Rota Española, Paloma Lobato Díez-Cisneros argumenta que en las causas de nulidad eclesiástica se multiplica la necesidad de escucha que tienen los cónyuges, «y requiere de un gran esfuerzo por parte de los abogados, porque tenemos que llegar a conocer y entender cómo se encontraba psicológicamente nuestro cliente en el momento de prestar el consentimiento matrimonial para después poder defender la nulidad de su matrimonio», dice a la vez que defiende que un abogado de familia «debe evitar el pleito siempre que sea posible debe evitar el pleito e intentar lograr el mutuo acuerdo, porque los abogados siempre estamos preparados para los procesos contenciosos, es nuestro trabajo, pero los cónyuges y la familia nunca están preparados para estos procesos especialmente dolorosos, que pueden alargarse mucho en el tiempo», afirma.
Paloma Lobato explica también que el proceso de nulidad eclesiástica del matrimonio «se ha hecho más cercano a la sociedad, se ha ido adaptando a la realidad. Tras la declaración de nulidad, el matrimonio deja de tener efecto jurídico alguno, es como que no hubiese existido. Como consecuencia, los cónyuges cambian de estado civil, de estar casado, divorciado o separado, pasan a su nuevo estado civil de solteros. Los cónyuges quieren tener su conciencia tranquila, y que se les reconozca tanto espiritual como legalmente su nueva y actual situación», añade.
Respecto a la custodia compartida de los hijos, «no solo es una muestra de un mejor entendimiento entre las partes, sino también una solución familiar que se ha ido adaptando a los tiempos en que vivimos, donde trabajan los dos cónyuges y ambos pueden disfrutar por igual de la convivencia con los hijos, con todo lo que implica. Se reparten las tareas por igual, y es una oportunidad para toda la familia, primando sobre todo el derecho del menor a estar con ambos progenitores por igual», reflexiona la letrada palentina.
María José Gil Ibáñez, abogada
«Tienes que aprender a escuchar y analizar sus problemas para aconsejar lo mejor para ambos cónyuges y sobre todo si hay hijos de por medio. Algunas veces les sirve de desahogo y se sinceran con nosotros», afirma María José Gil. «Lo primero es la resolución de mutuo acuerdo, hacer todo lo posible para ello, pero a lo largo de las conversaciones ya puedes vislumbrar si hay posibilidad de mutuo acuerdo o lamentablemente tienes que llegar a un contencioso», reflexiona la abogada palentina.Respecto a las cuestiones que más conflicto plantean en caso de divorcio a los cónyuges, son «la custodia y visitas de los hijos menores y el establecimiento de las pensiones de alimentos», añade. Respecto a las custodias compartidas, salvo en determinadas ocasiones, son generadoras de continuas disputas si los progenitores no saben gestionarlo bien. Las casas nido, cuando los padres son los que se trasladan, generan mucha tensión entre progenitores acerca de cómo deja uno la casa y cómo se la encuentra otro», argumenta. «En este tipo de custodias, se hace necesaria una mayor comunicación y sentido común entre los progenitores, pero en la mayoría de los casos, cuando deriva de un asunto contencioso están dolidos y no realizan una buena gestión. El tiempo al final ayuda a encauzar la situación», considera María José Gil Ibáñez.
Carlota Azucena González Moya, abogada
«¿Quién se queda con la casa?, ¿quién paga la hipoteca?, ¿cuánta pensión alimenticia voy a tener que pagar a los niños?. Esas son las preguntas más típicas de los clientes y las que más problemas generan. Por desgracia los hijos suelen quedar en un segundo plano, aunque existen excepciones», resalta la abogada palentina Carlota González. Respecto a la custodia compartida, señala que «debería ser la muestra de que existe capacidad por parte de cada progenitor para hacerse cargo de los hijos en igualdad de condiciones durante los periodos en los que les corresponde. No obstante, se han dado casos en los que a pesar de tener esa custodia compartida y de tener un comportamiento ejemplar para con los hijos, el entendimiento de los padres entre sí no es bueno, por lo que no necesariamente son un ejemplo de un mejor entendimiento entre las partes. Lo importante es que esas desavenencias que mantienen los padres no afecten a los hijos, que son el interés más digno de protección», apunta, a la vez que destaca la colaboración de los equipos técnicos psicosociales pertenecientes al Juzgado, quienes en los contenciosos con menores orientan a los jueces en la toma de decisiones».
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