Sede judicial del antiguo edificio del Banco de España. Manuel Brágimo

Palencia

Confirman el acoso laboral y despido improcedente a la directora de una residencia

El TSJ desestima el recurso de la empresa contra el fallo del Juzgado de lo Social número 2 que la obligaba a indemnizar a la trabajadora con más de 122.000 euros

El Norte

Palencia

Sábado, 3 de agosto 2024, 08:28

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso de suplicación presentado por una residencia de mayores de la comarca de Tierra de Campos contra el fallo del Juzgado de lo Social número 2 de Palencia, que en mayo de 2023 la condenó a pagar a quien fuera directora de la misma desde el 2 de julio de 2018 hasta el 29 de diciembre de 2022 una indemnización de 30.001 euros por acoso laboral y otra de 89.620 euros por despido improcedente (más el abono de los salarios desde la fecha de despido hasta la resolución judicial, así como otros 2.728 euros por liquidación de vacaciones).

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La sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Palencia recogía que la trabajadora (representada por la letrada Amaya Rodríguez, de AFYSE Abogados) solicitó en noviembre de 2021 la iniciación del expediente administrativo de determinación de contingencia alegando que se encontraba de baja por contingencia común, pero el motivo era la presión y las coacciones sufridas en su centro de trabajo por parte de «mi jefa y mi jefe». «Soy directora y solo quieren que firme sin leer y que esté de paja haciendo de marioneta. Esto me ha provocado una ansiedad reactiva que, con las diferentes coacciones, me da miedo verles», detallaba la sentencia.

El fallo también señalaba que la Inspección de Trabajo, en febrero de 2022, emitió un acta de infracción por falta muy grave contra la empresa por esta situación anómala sufrida por la trabajadora, «que se fue agravando debió a la aparición de la pandemia de covid ya que, preocupada por las posibles consecuencias de índole personal que pudieran producirse, se negó a seguir ostentando la dirección de la residencia solo con carácter formal y trató de involucrarse en su dirección de un modo mas efectivo».

La sentencia detallaba que, durante este periodo, se iniciaron actuaciones consistentes en el acoso hacia la directora, con continuas descalificaciones y menosprecio hacia su persona y su trabajo, llegando hasta el punto de prohibirse a las trabajadoras acudir a ella para realizar cualquier trámite, ya que estaba allí «solo por la titulación». «El ambiente laboral fue empeorando hasta el punto de llegar a descalificaciones y gritos que eran escuchados por los trabajadores, quienes la vieron llorar en repetidas ocasiones tras dedicarle insultos como 'inútil', 'bipolar' o comentarios como 'tú estas aquí solo para firmar' o 'aquí la que mando soy yo', así como repetidas amenazas de despido», agregaba.

Esta situación de acoso motivó que, el 27 de agosto de 2021, la trabajadora iniciase un periodo de incapacidad temporal con el diágnostico de trastorno de ansiedad generalizada. El 29 de diciembre de 2022, la empresa le remitió un burofax donde le comunicaba la extinción de la relación laboral, calificándose el despido de disciplinario.

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