Palencia

Confirman la absolución de un exingeniero de Siro acusado de revelar secretos al irse a Gullón

La Audiencia desestima el recurso de apelación presentado por la Fiscalía y le empresa contra el fallo del Juzgado de lo Penal

Sábado, 28 de octubre 2023, 00:26

La Audiencia de Palencia ha dictado una sentencia en la que desestima el recurso de apelación formulado por el Ministerio Fiscal y Galletas Siro contra el fallo del Juzgado de lo Penal de Palencia que absolvió a un hombre, L. M. S. P., ingeniero electrónico ... de la empresa que se marchó a trabajar a Gullón, de un delito de descubrimiento y revelación de secretos empresariales.

Publicidad

Según el escrito de acusación del Ministerio Público, L. M. S. P., ingeniero electrónico, fue contratado en 2001 como técnico de grado medio por Siro para la realización de tareas como jefe de mantenimiento de la fábrica de Toro, habiendo promocionado durante su estancia en la empresa, asumiendo funciones de técnico y jefe de proyectos.

Como consecuencia del incremento de sus responsabilidades, en 2014 pasó a ocupar la plaza de jefe de Departamento Técnico en las oficinas centrales del Grupo Siro en Venta de Baños, con un incremento de la capacidad de decisión, desplegando su actividad profesional hasta su baja voluntaria en la empresa el 1 de agosto de 2017, pasando a tener relación laboral con la empresa Galletas Gullón.

«Siro, para garantizar la protección de la información industrial, aplicó el procedimiento habitual, consistente en la monitorización proactiva del puesto de trabajo del acusado para detectar un posible caso de fuga de información relevante, fruto de lo cual se pudo comprobar que el 31 de julio se había producido por parte de L. M. S. P. la descarga de 3.561 archivos a un dispositivo USB, a través del usuario de dominio perteneciente al querellado. Gran parte de la documentación contenía planos de instalaciones, información sobre líneas de producción de productos, datos sobre productos y técnicas de producción», señalaba el Ministerio Fiscal.

Publicidad

«La impugnación del Ministerio Fiscal y Galletas Siro se centra en la consideración de que la absolución del acusado se ha basado fundamentalmente en la inexistencia del carácter de secreto empresarial de los documentos que fueron encontrados en su poder en formato digital. Afirman los recurrentes que el contenido de dichos documentos debe ser calificado de secreto empresarial dado que reúnen los caracteres de confidencialidad y relevancia competitiva para la empresa de la que el acusado había sido empleado, máxime cuando podían ser utilizados para la empresa de la competencia a la que se fue. Esa relevancia competitiva, como valor económico, la centran en el hecho de que se trata de estimaciones y valoraciones, especialmente de inversión, encaminadas a la mejora de las capacidades productivas tanto actual como futura», expone la sentencia de la Audiencia.

«En la sentencia del Juzgado de lo Penal se llega a una doble conclusión: que no ha quedado acreditado que haya existido revelación o cesión de datos a tercero, no pudiendo afirmarse la razón que motivó la descarga de dichos documentos y cuyo acceso era posible en cuanto formaban parte de su trabajo cotidiano; y, en segundo lugar, que dichos documentos no pueden tener la consideración ninguno de ellos de secreto empresarial, pues, aun cuando puedan tener la consideración de reservados, no puede afirmarse que su contenido afecte a la capacidad competitiva de la empresa», añade el fallo.

Publicidad

«Estamos ante meros estudios de trabajo y no ante decisiones de la empresa que marquen su plan de inversión o producción en una línea de competencia en el mercado. Desde esa perspectiva del valor competitivo, no podemos considerar que los meros estudios previos de trabajo afecten realmente a ese valor, pues lo que ciertamente marca la diferencia competitiva son las decisiones adoptadas por la empresa y no los estudios o propuestas previas a esas decisiones», concluye la sentencia de la Audiencia.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

0,99€ primer mes

Publicidad