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La maquinaria ya ha engrasado para ponerse a rodar desde este viernes día 14 hasta el lunes 31 de marzo, plazo abierto por la Junta ... de Castilla y León para que las familias soliciten una plaza escolar para sus hijos para el próximo curso. Fundamentalmente las que tienen hijos que en el próximo septiembre tendrán su primer contacto con la vida en las aulas, ya están pensando en qué centro responde a sus intereses y por tanto en el que desean matricular a sus hijos. Igualmente, los centros educativos han programado las jornadas de puertas abiertas que organizarán en estos días, coincidiendo con el periodo de solicitud de plaza, y preparan esos días de difusión de sus bondades y características.
La Junta de Castilla y León, que garantiza a las familias la libre elección de escuela infantil, colegio e instituto, abre el proceso ordinario de admisión a enseñanzas de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato y programas de formación para la Transición a la Vida Adulta (TVA). La estadística de vacantes en las distintas enseñanzas de los 95 centros educativos de la provincia de Palencia controlados por la Consejería de Educación de la Junta eleva a 9.733 esas plazas disponibles (no se contabilizan las de los alumnos que pasan de curso y por tanto ocupan casi al 100% la del curso siguiente en el mismo colegio). La relación de 9.733 plazas disponibles se distribuyen entre las 888 en esta nueva etapa gratuita para los niños menores de 3 años; 2.944 plazas en Educación Infantil (de 3 a 6 años); 3.337 en Primaria; 1.649 en la ESO y otras 865 en Bachillerato, etapa ya no obligatoria.
El formulario de solicitud se encuentra disponible en los centros docentes, en la Dirección Provincial de Educación, en la sede electrónica y en el Portal de Educación. Las familias tendrán la oportunidad de incluir hasta siete centros, indicando el orden de preferencia. Su presentación es única y se realizará preferentemente a través del formulario web disponible en el Portal de Educación o en la sede electrónica. En todo caso, se dispondrá de solicitudes impresas en los colegios e institutos y en las direcciones provinciales, que deberán ser entregadas junto con la documentación acreditativa en el centro designado como primera opción.
Por otro lado, el alumnado que deba cambiar de centro para proseguir su enseñanza obligatoria participará en este proceso mediante una solicitud pregrabada, expedida por el centro en que se encuentre escolarizado.
Otra advertencia: Cada alumno sólo podrá tener una solicitud en este proceso de admisión. De presentar varias, se tramitará con puntuación 0 la última presentada. Solo en el supuesto de que se quiera optar alternativa o simultáneamente a dos modalidades de Bachillerato siendo una de ellas la de Artes o la General, se podrán presentar varias solicitudes, una de cada modalidad, teniendo prioridad en la adjudicación la de Artes o la General sobre la otra modalidad.
Como en convocatorias anteriores, este proceso de admisión se aplica a todos los centros sostenidos con fondos públicos. Es decir, en el caso de la Educación Infantil de 0 a 3 años, además de los centros dependientes de la Junta de Castilla y León, incluye también a los de las corporaciones locales y escuelas privadas que estén adheridos a la oferta gratuita de plazas en estas enseñanzas.
Las familias con niños cuyo nacimiento haya sido o esté previsto entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2025 podrán presentar la solicitud de admisión mediante el proceso ordinario (para optar a adjudicación de plaza en junio) o fuera del proceso ordinario (para optar a adjudicación de plaza en septiembre). Es decir, que el proceso de estas próximas dos semanas se abre por vez primera para niños que a su llegada al mundo ya pueden tener encarrilada su escolarización. Por su parte, los niños nacidos entre el 1 de junio y el 30 de septiembre podrán participar fuera del proceso ordinario para optar a adjudicación de plaza en septiembre.
Los procesos de admisión a centros docentes pretenden asignar al alumnado las plazas escolares previamente ofertadas, determinando la diferente prioridad de acceso de dicho alumnado a cada centro docente mediante la valoración de determinadas circunstancias del propio alumnado o de su familia según prevé la normativa de admisión, y considerando así mismo sus preferencias en su ejercicio de la libre elección de centro.
Estos procesos de admisión son de aplicación al alumnado que pretenda acceder a centros docentes para cursar enseñanzas escolares sostenidas con fondos públicos (particularmente en caso de primera escolarización en Castilla y León o en caso de cambios de centro), o también para acceder a determinadas enseñanzas de oferta no generalizada (como por ejemplo Bachillerato de Artes o programas de Transición a la Vida Adulta).
Fuera del proceso ordinario de admisión, se resolverán los supuestos excepcionales de admisión que se produzcan y el procedimiento simplificado de cambio de centro. Si el alumno es mayor de edad, lo puede solicitar personalmente. En caso contrario, sus progenitores o tutores legales.
Publicación de listados y matriculación
Los centros educativos publicarán el 12 de mayo la puntuación provisional obtenida por cada alumno, estableciendo un plazo a las familias para las reclamaciones del 13 al 21 de este mismo mes. Por último, el 24 de junio se harán públicos los listados de adjudicación de plazas, que también podrán consultarse en los centros docentes. En eso momento se abre el periodo de matriculación hasta el 30 de junio, para Infantil, y Primaria; y hasta el 10 de julio para ESO, Bachillerato y TVA.
En la solicitud de plaza escolar podrán relacionarse hasta siete centros docentes por orden de preferencia. Para el alumnado que deba cambiar de centro para proseguir su enseñanza obligatoria pueden aparecer pregrabados los centros de adscripción; se podrán elegir estos centros y hasta siete más, indicándose siempre el orden de preferencia de todos ellos. Se requerirá solicitar un mínimo de cinco centros docentes por orden de preferencia. De no haber cinco centros, la totalidad de los centros de la unidad territorial de admisión correspondiente a las enseñanzas a cursar, para casos como cuando el alumnado no escolarizado pretenda cursarlas desde primer curso de segundo ciclo de Infantil en adelante o para aquellos que soliciten una plaza en un centro por cambio de residencia a otro municipio. Asimismo, el centro actual del alumnado nunca debe aparecer entre los centros elegidos, con la salvedad del alumnado del primer ciclo de Educación Infantil que solicite plaza en el mismo centro para cursar el segundo ciclo de Infantil.
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